Luego de dos audiencias con el Ministerio de Hacienda, el presidente del Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP), Ricardo Gómez Guerrero, logró un refuerzo presupuestario para la institución.
El refuerzo presupuestario de $250,000 fue dado a conocer el 5 de noviembre, siete días después de una resolución que declara confidenciales las adendas patrimoniales del presidente de la República, Nayib Bukele.
El titular del IAIP explica que tanto las adendas producidas por la Corte Suprema de Justicia como las entregadas por los funcionarios son confidenciales. Además, sostiene que el refuerzo presupuestario no implica que los comisionados adquieran un compromiso de “dando y dando”.
¿Esa resolución marca un precedente?, ¿se aplica en general, todas las adendas patrimoniales son confidenciales?
Antes de responderle, por eso es que yo he estado pendiente porque se han sacado una serie de especulaciones, se refiere a las adendas, no se refiere como se ha manejado en algunos medios a los informes de Probidad, sino que se refiere al punto de las adendas.
Y, efectivamente, en este caso concreto, no es solo en el caso del presidente de la República, eso fue desde mi punto de vista fue una situación circunstancial, sino que es de una forma amplia que implica justamente los funcionarios que caen en esta situación.
Porque, como hace dos días fue que llegó el acuerdo de Corte, fue el que emite la resolución de parte de ellos mediante el acuerdo en ese sentido, entonces, la resolución del Instituto clarifica que estamos hablando de revocar la resolución que se emitió de nuestra parte contra la Corte Suprema de Justicia, se hacen ahí las valoraciones, aclaraciones, justamente que estamos hablando de una forma amplia en cuanto a las adendas y en particular por la parte de la información reservada y confidencial, como lo estipula el artículo 30 de la LAIP.
No es por este funcionario. La visión ampliamente no es ‘mire, no se debe de conocer las declaraciones de Probidad que presentan los funcionarios, ni lo que constituye esa parte de cómo lo transmite la Sección’, sino que acuérdese que la misma adenda, nosotros en el mismo documento hicimos un esfuerzo para hacer incluso la definición de la misma, ocupando otra terminología, podríamos definirla como justamente una especie de anexo, que implica escrituras de bienes inmuebles, tarjetas de circulación, gastos educativos.
Un caso bien concreto que le podría decir, un funcionario podría, para robustecer su declaración, por medio de la adenda, en algún momento poner las colegiaturas, donde sale reflejada la dirección del colegio, la edad de su hijo, el nombre de su hijo o hija, por ese lado ha apuntado la resolución y no viene este caso como se ha querido manejar a querer generar un retroceso en términos de información pública.
En ese punto, el concepto de adendas. La Corte emite una documentación a la que le llama “adenda”, que es un informe o agregado a la auditoría o examen patrimonial que le hace al funcionario después de presentada su declaración, este informe incluye números de cuentas bancarias pero también incluye la información que devela si el patrimonio del funcionario creció o disminuyó. En ese sentido, ¿ese documento sería confidencial también?
No, es que como le explico, referimos justamente bajo ese concepto de lo de las adendas. Como recordará, la Constitución en el artículo 240 hace ver efectivamente que todo funcionario o empleado que por ley ha estado obligado justamente a declarar su patrimonio debe dentro de los 60 días de la posesión del cargo, pues, hacer esta declaración, la Corte debe tomar las providencias necesarias para verificar la información y esta se mantiene, lo dice la Constitución, en reserva.
Por eso es que le hacía esta aclaración, la adenda es una especie de complementario, dentro de lo que la Corte está realizando justamente para fundamentar, pero es que en su esencia la información que tienen las mismas es de carácter personal, ya en el caso concreto de estas, no así lo otro, que se presenta con la declaración de Probidad, que incluso hay una facilidad de dar versiones públicas pero en el caso de las adendas prácticamente, así como le ponía el caso de la colegiatura o algo, es prácticamente imposible generar una versión pública, por así decirlo, es de tachar todo el documento.
Aparte de que esa información, ahí hemos hecho ese ejercicio de ponderación de los derechos, no se está en algún momento socavando el derecho a la información pública pero se ha hecho un ejercicio de ponderación frente al derecho a la intimidad, que en un sistema de derechos, hay que buscar la armonía, un balance entre los mismos.
No me queda claro si las adendas bajo el concepto de la Corte, los informes producidos por la Sección de Probidad que se anexan al informe al informe del examen patrimonial después de que el investigado ha descargado nueva información, le hacen una adenda y le hacen un recálculo del crecimiento patrimonial, ¿eso es considerado dentro de la resolución o no ha sido objeto de análisis del IAIP?
Recordemos que, en este caso, inicialmente, había una resolución emitida, la resolución final del caso que fue derivada de la apelación que presentó la parte apelante. El Instituto resuelve y la Corte presenta ante el Instituto un escrito de aclaración, solicitando que se aclararan conceptos de la resolución que fue vertida en su momento. Ahí fue la misma Corte que hacía ver que el Instituto había hecho un concepto impreciso cuando se le ordenaba entregar la versión pública de las adendas presentadas por el Presidente en su momento. Ese caso, estaba pendiente de resolver por parte del Instituto. La resolución estaba en manos de una colaboradora que tenía el caso pendiente, fue en eso que la Corte hace su notificación de este acuerdo y nosotros, en nuestra facultad, que nos permite la Ley de Procedimientos Administrativos examinar nuestros mismos casos, por medio de la revocatoria, como se ha hecho un montón de casos en el Instituto de cambios de criterios.
Ahí es donde hacemos la reflexión justamente entre lo que es la adenda y el término de la actualización. Creo que es lo que me está diciendo, lo que actualiza la declaración y eso son realmente son dos partes distintas, porque la adenda es el dato que respalda la declaración de Probidad, la parte de los anexos que se presentan en la Sección donde el declarante pone lo que tiene que ver con sus datos crediticios, los de su grupo familiar y la actualización lo que refiere es que se den datos más recientes de la declaración patrimonial como tal, eso es lo que la misma Corte pedía que se definiera esa ambigüedad.
¿Las adendas producidas por la Corte son públicas o confidenciales?
Es que justamente ese es el punto, las que la misma Corte está produciendo, verdad, a partir de las actualizaciones justamente, las que genera la Corte Suprema justamente llevan esa misma categoría, porque estamos hablando del mismo tipo de datos, verdad.
Algunos abogados consideran esta resolución como un retroceso por la progresividad del derecho de acceso a la información pública porque es una parte importante de todo el expediente patrimonial de un funcionario, ¿considera usted que es un retroceso por la progresividad del derecho de acceso a la información pública o no?
Desde mi punto de vista, de los comisionados que trabajamos en este voto a favor de ese punto en ningún momento se ha buscado socavar o denegar este derecho a la información pública.
Lo que pasa es lamentablemente en muchas situaciones, cuando se hacen declaraciones de este tipo o interpretaciones sin leer los documentos emitidos, como fue en este caso, que prácticamente cumplió una semana o cinco días de que todavía el criterio no había salido y ya estaba en poder de un medio noticioso y eso es una filtración derivada dentro del mismo Instituto al máximo nivel".
Entonces, sí, es fácil enarbolarlo y manejarlo de ese lado, verdad, que lo que se pretende es limitar justamente el derecho pero también hay que hacer un ejercicio de ponderación adecuado. De hecho, se podría refutar que la misma ley del Instituto y los estándares fueran violatorios porque en los mismos, a todo nivel, se establecen ciertas limitantes, de qué se puede dar, qué no se puede dar y cómo, que son los criterios que hemos aplicado, no ha sido una cosa sacada de la manga de la camisa y como lo han querido manejar por un capricho político o por una complacencia a un funcionario determinado. A la larga, como usted misma lo dijo, no se está hablando de un funcionario, sino justamente una revocatoria que implica el proceder de la Corte frente a todos los que generan declaraciones.
Además, hay una cosa más, quien establece la postura es la Corte, el Instituto no es el que ha resuelto, usted puede decir que el criterio del Instituto se ha adecuado, emulado, que ha mantenido la Corte en este momento, pero eso es una cosa tan natural en el derecho que incluso han acusado que nos hemos plegado a la Corte.
Por eso, negaría en primer lugar que se esté haciendo con esto una dinámica de opacidad o falta de transparencia para que los funcionarios se sientan robustecidos de que sus actos puedan ser anómalos o sus indicios de enriquecimiento ilícito vayan a ser tapados, por así decirlo. Empecemos por que la Sección de Probidad es la que está encargada justamente de hacer el examen de los mismos y, de encontrar algún ilícito, tiene que proceder como se deba incluso activando a la Fiscalía, no podríamos decir que una revocatoria del Instituto va a hacer incurrir que esa función propia de la Sección de Probidad se vea alterada. A diario el pleno trabajamos a diario en distintas resoluciones, criterios, esto no es una atribución propia del presidente, somos una entidad colegiada, hay diversidad de criterios, el voto fue por mayoría. No hay una forma que se diga que hay un sesgo, de favorecer a una entidad u otra. Cada caso se examina a la luz del derecho y de las distintas posturas legales que hay.
Yo sí digo con todo respeto, el mismo hecho que se ha vertido antes la información, que se maneje, que esto implica proteger al funcionario que pueda estar teniendo actos de corrupción es lo que yo sí veo atentatorio porque se está tergiversando justamente la información que posee la resolución. Dado que lo han llegado a querer unir como que fuera un tributo, ahora sale una noticia que el ministro de Hacienda a accedido a recuperarnos el presupuesto, ayer mi persona y el equipo financiero tuvimos la posibilidad de ir a pelear y hemos logrado recuperar una parte del dinero para el Instituto, es decir, para fortalecerlo justamente.
Se cita en el documento una resolución del mismo Instituto del año 2014 donde se hacen definiciones de los datos personales, se cita el tema del registro de vehículos donde hay información personal y se dice en esa resolución que se citó, que son datos personales, de lo contrario la divulgación del mismo es una infracción grave.
¿Ya definieron el destino de este refuerzo presupuestario y desde cuándo está la negociación del refuerzo?
Internamente, cuando llego al Instituto el 11 de agosto, me encuentro con una realidad que se tiene un presupuesto sumamente bajo que ronda los $1.8 millón, tenemos un trabajo bastante fuerte por sacar, no solo en acceso a la información sino en protección de datos personales y particularmente en promoción y difusión de estos derechos, justamente en el contexto de la pandemia llegó el aviso de que se iba a proceder a un recorte de aproximadamente de $62,500 en rubros que nos daban un gran golpe al adecuado funcionamiento, más ahora que estamos apostándole a los medios tecnológicos. Se decidió empezar a hacer gestiones y el comisionado referente a la temática financiera con los entes correspondientes, con el Ministerio de Hacienda y la Asamblea Legislativa. No nos la concedieron, yo volví a solicitarla, nos la dieron el día de ayer. Con el equipo de técnicos acudimos al Ministerio, hicimos el seguimiento y yo insté al ministro a que nos echara mano en ese sentido, por así decirlo y pues creo que hacerle ver, creo que para el mismo Ejecutivo era un compromiso apoyar la transparencia, la información, sería positivo que justamente demostraran un interés en ese sentido. Así que el compromiso ahí fue que reformuláramos la petición del refuerzo que ya llevábamos.
¿Esto se va a presentar como una reforma?
Sí, así entiendo yo que lo va a presentar el Ministerio. Ahora me doy cuenta, el mismo funcionario lo puso en redes sociales, que el presidente le había dicho que no, que diera más todavía, $250,000 aproximadamente. Eso no implica que el Instituto va a adquirir un compromiso de dando y dando, en materia de la información pública, sería una cosa atroz. Lamento, incluso que lo estén manejando, yo puedo atender, recibir y todos, siempre he estado abierto a la prensa, lo que sí lamento cuando las líneas van en ese sentido, creo que a quien afectan más es al Instituto y a la ciudadanía, ya se decía ahora que era una especie de dando y dando, verdad.
¿Nunca se ha hablado de ese tema en la mesa de negociación?
Es que negociación no ha habido, lo que ha habido son dos audiencias solicitadas, documentadas legalmente. La primera quedó en camino y la de ayer que se dio en un espacio de 20 minutos máximo, la reunión le consta al equipo.