La Asamblea Legislativa aprobó ayer disposiciones transitorias para establecer un plazo de 180 días calendario contados a partir de la vigencia del decreto a personas naturales o jurídicas que posean u operen tanques de combustibles para consumo privado. El decreto establecía como infracción muy grave la venta o suministro de combustibles que posean tanques para consumo privado.

El Ministerio de Economía establecerá el procedimiento en donde “exista la necesidad de reubicar el o los tanques, siendo ésta la única forma de cumplir con los requisitos técnicos”. El dictamen indica que “no les fue posible cumplir con los requisitos” pero que la regulación es necesaria.