La Sala de lo Constitucional rechazó ayer una demanda en contra de la Ley de Sistema de Ahorro de Pensiones (SAP) que pedía regresar al sistema de reparto público y derogar el actual.
Los magistrados del Tribunal Constitucional descartaron el escrito, luego de explicar que la vulneración a una norma “infraconstitucional”, en este caso al Reglamento Interno de la Asamblea Legislativa, no es motivo de violación a la Constitución misma.
“Cuando la contradicción con la Constitución pretende fundarse a partir de la infracción de la legislación infraconstitucional, pues, en tal caso, tendría que admitirse que cualquier vulneración a la ley entrañaría la transgresión a la Constitución, lo cual sería una conclusión inaceptable”, dice la resolución.
Los demandantes manifestaron a la Sala que la ley SAP era inconstitucional porque fue aprobada en la Comisión de Hacienda y Especial del Presupuesto de la Asamblea Legislativa, por diputados que no pertenecían a la comisión y porque el dictamen favorable no fue aprobado por el quórum que el Reglamento Interno del órgano legislativo requiere para ser válido.
“En resumidas cuentas, por vía indirecta, los demandantes pretenden justificar la violación a la Constitución arguyendo una infracción a disposiciones reglamentarias”, añaden los magistrados de la Sala.
La demanda fue presentada el pasado 17 de marzo, por los abogados Oscar Canjura, Juan Carlos Sánchez, Maximiliano Martínez, Saúl Baños y Héctor Carrillo.
En esa ocasión, argumentaron que la ley, aprobada en 1996, violentaba los principios democráticos y pluralistas en el proceso de formación de ley.
“Resulta que el dictamen contiene seis firmas de un total de siete que eran necesarias para la aprobación, ya que la comisión se componía de 13 personas”, sostuvo, en su momento, Héctor Carrillo, uno de los demandantes.
La Asamblea Legislativa ha hecho, por lo menos, diez reformas a la ley del Sistema de Ahorro de Pensiones, entre el año 2000 y el 2012; también, la Sala ha declarado inconstitucional, en cuatro ocasiones, algunos artículos de la normativa.
INFRACCIÓN
Los demandantes, dicen que la ley del Sistema de Ahorro de Pensiones infringió el proceso de formación de ley porque el dictamen de la Comisión de Hacienda no fue aprobado por el quórum que exigía el Reglamento Interno de la Asamblea.
1998 Aprobación
La Ley del Sistema de Ahorro para Pensiones se aprobó. Argumentan que el dictamen no fue aprobado válidamente.