El IAIP ordena no reservar toda la información, sino por cada documento. / DEM


El Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP) señala en su resolución emitida ayer que la declaratoria de información de gastos reservados “entendida no solo el monto, sino también su destino no debe de reservarse de forma genérica”.

Así, en la resolución de ayer, ordena modificar el plazo de reserva de siete a cinco años y “establecer un parámetro razonable en el que la inteligencia del Estado de cada gobierno sea susceptible de reservarse, que puede ir hasta los cinco años”, de acuerdo al periodo presidencial.

Así, señala que en tres días Presidencia debe modificar la información reservada según la declaratoria 001-SP-2018, del 2 de julio de 2018, realizada por el secretario privado sobre los gastos reservados. Concluido ese plazo, la información deberá estar “disponible al público como lo establece el inciso final del artículo 20” de la Ley de Acceso a la Información Pública.