Uno de los nuevos sectores beneficiados en esta normativa son los “servicios especializados para aeronaves”, que son servicios proveídos a aeronaves que realizan vuelos internacionales de pasajeros y de carga, para el suministro de bebidas no alcohólicas y alimentos preparados, administración de inventarios sobre artículos consumibles y desechables, organización, lavandería y limpieza de bienes reutilizables dentro de las aeronaves.
Para que este tipo de inversión tenga beneficios fiscales, la reforma señala que se exige como requisito una nueva inversión de $500,000 en el primer año de operaciones y operar con un número no menor a 50 puestos de trabajo.
Otro sector
La reforma aprobada ayer por la mayoría de diputados presentes en la sesión plenaria también incluyó el servicio de traducción en la cinematografía prestados a personas jurídicas fuera del territorio nacional.
La reforma también aclaró que algunos sectores beneficiados no estén en el artículo que trata sobre las excepciones de dichos beneficios. Entre las excepciones están las comunicaciones y telecomunicaciones, así como profesionales y técnicos, y suministro de alimentos. Aclaran que no se refieren a la telemedicina, servicios médicos y otros.
La Ley de Servicios Internacionales fue aprobada en enero de 2013 con la pretensión de aumentar la inversión privada en El Salvador, otorgando beneficios tributarios a empresas que se dedican a prestación de servicios internacionales, como la distribución internacional de mercancías, operaciones internacionales de logística, call centers, tecnologías de información, investigación y desarrollo científico o tecnológico, mantenimiento de embarcaciones, reparación de aeronaves, procesos empresariales, servicios médico hospitalarios, telemedicina y cinematografía.
Entre los beneficios fiscales que otorga la ley está el libre ingreso de equipo necesario para la actividad de servicios, la exención del Impuesto sobre la Renta por ingresos específicamente de la actividad y de impuestos municipales.