La Sala de lo Constitucional reprogramó para el 30 de Octubre próximo una audiencia oral y pública de seguimiento a la Ley Especial de Justicia Transicional, Reparación y Reconciliación Nacional y convocó al presidente de la República, Nayib Bukele, al presidente de la Asamblea Legislativa, Mario Ponce y a los demandantes.

La resolución de la Sala fue emitida la tarde de este miércoles con la finalidad de evaluar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la sentencia emitida en el proceso que inició en 2016 cuando ese tribunal declaró inconstitucional la Ley de Amnistía General para la Consolidación de la Paz de 1993.

"De ahí que: (i) la Asamblea Legislativa deberá justificar por qué el decreto legislativo que contiene la "Ley Especial de Justicia Transicional, Reparación y Reconciliación Nacional" cumple con los elementos básicos de justicia transicional o, en su defecto, por qué hasta esta fecha no ha superado el veto; (ji) el Presidente de la República deberá exponer las razones jurídicas por las cuales considera que el decreto legislativo en referencia no satisface las exigencias que la Constitución, la jurisprudencia constitucional y la jurisprudencia interamericana imponen en esta materia y qué políticas públicas ha implementado de manera concreta; (iii) los demandantes, los amigos del tribunal, el director del IDHUCA, el Fiscal General de la República y el Procurador para la Defensa de Derechos Humanos deberán expresar su posición sobre la constitucionalidad del Decreto Legislativo n° 575", dice la resolución de la Sala.

Esta audiencia estaba originalmente programada para el 15 de abril de 2020 pero no pudo desarrollarse debido a la pandemia. La Sala dijo que garantizará la salud de los intervinientes, para lo cual se negará la entrada de toda persona que no sea parte en el presente proceso y garantizar su publicidad por medio de plataformas virtuales institucionales. Todo ello con el propósito de determinar si la sentencia emitida ha sido cumplida o no.

La Sala citó además de los presidentes del Ejecutivo y Legislativo, a los abogados del Idhuca que fueron admitidos en carácter de amigos del tribunal, al director del Idhuca, al Ministro de Hacienda; al Fiscal General de la República, al Ministro de la Defensa y al Procurador para la Defensa de los Derechos Humanos.

Según la Sala, en el desarrollo de la etapa de ejecución de la sentencia, constató el incumplimiento de la sentencia por parte de la Asamblea Legislativa y del Órgano Ejecutivo.

"El primero (Asamblea) no había promulgado una nueva ley de reconciliación nacional y de asistencia a víctimas que tuviere en cuenta sus derechos y todas aquellas medidas que estuvieren relacionadas con la conservación y fomento de la memoria histórica; mientras que el segundo (Ejecutivo) no había diseñado ni ejecutado un programa integral de reparación material y simbólica enfocado en todas las víctimas del conflicto armado, más allá de esfuerzos aislados derivados de compromisos internacionales del Estado salvadoreño; ni había realizado gestiones para incorporar una partida para tal fin en los diversos ejercicios presupuestarios que han tenido lugar luego de haberse pronunciado la sentencia definitiva", sostiene la resolución.

Aquí puede leer la resolución completa: