La Sala de lo Contencioso de la Corte Suprema de Justicia estudia 16 demandas que intentan frenar multas o entrega de información pública a ciudadanos, decisiones ordenadas por resoluciones del Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP).

La Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos recomendó, el 25 de julio de 2016, a la Sala de lo Contencioso que se abstuviera de admitir demandas presentadas por oficinas o funcionarios de Estado cuando el IAIP ordena entregar información, y responsabilizó a los magistrados de dicha Sala por la violación al derecho humano de acceso a la información pública, por admitir dichas demandas en contra del principio de máxima publicidad, afirmó el comisionado Jaime Campos, del IAIP.

Pese a ello, la Sala admitió la demanda número 16, el 19 de septiembre de 2016, y notificó al IAIP el pasado 29 de noviembre de 2016.



La Sala resolvió, en septiembre de 2015, la primera demanda ratificando la decisión del IAIP para que la Asamblea Legislativa informara de sus asesores. Pero mantiene en estudio cuatro demandas de las alcaldías de San Francisco Chinameca, Ilobasco, Ilopango y la Universidad de El Salvador que pretenden revertir multas impuestas por el IAIP; y otras 11 demandas que pretenden revertir la orden del IAIP de entregar información previsional, combustibles y detalles de operaciones militares durante la época del conflicto armado.

Estudia dos demandas del ministro de la Defensa Nacional, David Munguía Payés, para no entregar información de operativos militares en los años ochentas en Tenango y Guadalupe, Suchitoto, Cuscatlán, de febrero de 1983; y del cantón San Francisco Angulo, Tecoluca, San Vicente, del 25 de julio de 1981; y las novedades de destacamentos militares, Batallón Atlacatl y otros. Ambas informaciones fueron decladas inexistentes, pero los demantes aseguran que la Ley de Acceso a la Información Pública (LAIP) obliga a reconstruir la información.