El Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP) ordenó, el 25 de julio de 2016, al ministro que entregue información: listado de donantes de partidos con monto de donación, informes mensuales de donaciones, de los años 2014 y 2015. Diez meses después, la Sala admite un recurso del ministro de Hacienda contra los comisionados del IAIP y suspendió su orden.
“La autoridad demandada (IAIP) deberá abstenerse de hacer efectiva la orden de proporcionar el acceso a la información detallada”, reza la resolución.
Los magistrados sostienen en su resolución que “de no suspender” la entrega de información habría una entrega de “información de tipo confidencial” y que ello “vulneraría derechos constitucionales” de los “sujetos pasivos” (contribuyentes) porque su información “goza de protección” debido a leyes tributarias.
“Deben tomarse las medidas legales para evitar que las presuntas transgresiones legales continúen”, dijo.
“Censurable, preocupante”
El IAIP y la organización demandante de la información financiera de los partidos políticos, Eduardo Escobar, objetan la decisión de la Sala de lo Contencioso.
El comisionado Jaime Campos aseguró que la Sala de lo Contencioso desconoce la competencia propia del IAIP, ya que según la Ley de Acceso a la Información Pública, una resolución del IAIP es vinculante y de obligatorio cumplimiento para todas las entidades públicas.
Campos señaló que solo hay posibilidad de recurrir a una instancia judicial cuando el IAIP confirma declaratorias de reserva o confidencialidad realizadas por la institución. Y estos casos, advirtió, se dan a petición únicamente de las personas particulares que se muestran agraviadas por este tipo de declaratorias de las instituciones públicas a las cuales se les ha solicitado información pública.
La organización Acción Ciudadana tildó de “censurable y preocupante” el hecho de que uno de los ministros del actual Órgano Ejecutivo niegue información y recurra a la Sala de lo Contencioso, que solo está habilitada para conocer de reclamos de ciudadanía, y no de las entidades del Estado que negaron información pública.
Aseguró que el fallo de la Sala “es otro mal precedente para el ejercicio del derecho de acceso a la información y transparencia” y “desobedece” la “fuerza vinculante de la resolución definitiva” del IAIP.
La Sala de lo Contencioso ha estudiado 18 demandas de instituciones del Estado que intentan revertir órdenes del IAIP de entregar información. Algunos demandantes son: Economía, Defensa, Superintendencia del Sistema Financiero, Banco de Desarrollo de El Salvador y otros.