La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) declaró improcedente de manera unánime una demanda contra la elección de Raúl Melara como fiscal general de la República.

Los demandantes sostenían que la Asamblea Legislativa, al elegir al fiscal general, no constató moralidad, competencia e independencia partidaria. En la resolución, del 11 de febrero de 2019, la Sala dice que lo afirmado en la demanda es “estrictamente subjetivo” porque no presenta ningún elemento como indicio, como una copia del dictamen para demostrar las omisiones señaladas.

Citando la sentencia de la Sala antecesora del 24 de junio de 2016, la actual señala que es necesario que en el dictamen se justifique por qué una persona reúne requisitos, sobre todo cuando hay condiciones de riesgo en capacidad o independencia, para verificar que no se buscó conveniencia política o reparto de cuotas.

Pero también sostiene que, cuando se alega una incompatibilidad con algún requisito, esa situación no puede ser simplemente afirmada sin ninguna base o fuente objetiva y dice que en estos casos provoca la improcedencia.

La Sala también sostiene que el control jurisdiccional de la designación de funcionarios de segundo grado “no puede consistir en la verificación” de requisitos porque eso le “corresponde solo a la Asamblea Legislativa” según su criterio y sostiene que el control se debe dar sobre condiciones constitucionales como democracia, pluralismo, participación, publicidad y transparencia.

El demandante, Óscar Campos, opinó que la Sala muestra “complacencia al poder político” y “rehuye de ejercer control constitucional a decisiones políticas de la Asamblea”. Campos, de la Iniciativa Social por la Democracia (ISD), anunció que presentará una nueva demanda con elementos probatorios. Para Campos, ha habido un cambio de criterio en esta Sala de lo Constitucional.

 

¿Qué dice?

Demanda con pruebas

La Sala señaló que los alegatos deben poseer carácter fáctico o probatorio, con suficiente verosimilitud, lo cual no puede ser suplido por la Sala.

 

 

Improcedente y sin analizar fondo

Como la demanda no goza de verosimilitud, la Sala considera que no hay elementos procesales mínimos para entrar a un análisis de fondo.