Concejo de Soyapango aprueba amnistía fiscal por tres meses

Miércoles 18, Enero 2023 - 3:45 AM
La alcaldía de Soyapango aprobó una amnistía tributaria que beneficiará prácticamente a todo contribuyente en mora con la municipalidad.

Concejo aseguró que conoce la crisis económica por la cual atraviesa el país en general, especialmente las familias pobres.

El concejo de Soyapango aprobó a inicios de este año una amnistía tributaria que beneficiará a todos los contribuyentes o instituciones de gobierno que estén en mora con la municipalidad. La amnistía tendrá una duración de 60 días a partir del 14 de enero y permite cancelar deudas por tasas, impuestos y contribuciones especiales, sin recargo por intereses moratorios y sin multas. La ordenanza fue aprobada en la sala del concejo de Soyapango el 6 de enero de 2023, en las funciones del alcalde interino, Marcos García López, y publicada el 11 de enero en el Diario Oficial. El concejo asegura que está consciente de la "crisis económica por la cual atraviesa el país en general y especialmente aquellas familias de escasos recursos, pequeñas y medianas empresas de este municipio”, reza el decreto municipal número 22.

Las condiciones.

La ordenanza aplica a contribuyentes registrados en el municipio en situación de mora de tasas, impuestos y contribuciones especiales en sus diferentes etapas. Si obtuvieron una resolución favorable para pagar la deuda con un plan de pago, deberán solicitar la anulación del plan de pago para pagar la deuda total o parcialmente durante los 60 días que establece la ordenanza. Podrán aplicar si están en cobro administrativo o judicial, si no tienen sentencia judicial firme; si incumplieron el plan de pago, si interpusieron recurso de revisión, apelación o incluso si han iniciado un juicio contencioso administrativo. A la ordenanza también aplicarán las instituciones de gobierno que no hayan podido cancelar sus contribuciones "debido a la falta de liberación de fondos”.

Mercados.

En el caso de la Administración de Mercados, el beneficio aplicará únicamente a las personas naturales únicamente que se encuentren en situación de mora por tasas de arrendamiento de locales, puestos de venta y otros servicios, arrendatarios que hayan suscrito plan de pago o que hayan incumplido el plan de pago. Aplicará también a tasas de Cementerios y comerciantes de espacios.

El dato

Los contribuyentes que necesiten ampararse a la ordenanza y no reciban respuesta en 10 días no perderán los beneficios de la ordenanza de acuerdo al decreto.