La Asamblea Legislativa aprobó este martes tres nuevos cuerpos de ley que modifican los sistemas público y privado de pensiones en El Salvador.
Primero, aprobó una Ley Integral del Sistema de Pensiones, con 67 votos, incluido el voto del jefe de fracción de Arena, René Portillo Cuadra.
En segundo lugar, la Asamblea votó por la Ley de Creación del Instituto Salvadoreño de Pensiones (ISP), con 62 votos a favor, 2 votos en contra y 7 abstenciones.
Así mismo, los diputados votaron con 65 votos por una Ley Especial para la Emisión de Certificados de Obligaciones Previsionales (COP) y Disolución del Fideicomiso de Obligaciones Previsionales (FOP). Por los decretos del ISP y de los COP no votó el diputado Portillo Cuadra.
Qué es lo nuevo.
Las tres reformas plantean novedades tanto en el financiamiento de los sistemas de pensiones como en las mayores obligaciones que tendrán los mismos.
Plantea obligaciones previsionales para pagar pensiones aumentadas en un 30 % y un aumento de un punto porcentual a la cotización cargada al empleador, así como un cambio en la comisión de administración del 1.9 % al 1 %, aunque se suprime la contratación del seguro por invalidez y sobrevivencia.
Así mismo, considera la posibilidad de usar los fondos de las pensiones de los cotizantes del sistema privado para pagar las obligaciones previsionales de pensionados del sistema público y otras obligaciones del ISP.
Las reformas derogan la Ley del Sistema de Ahorro para Pensiones y la Ley del FOP. Un economista aseguró que es un cambio en la contabilidad gubernamental con similar impacto fiscal.
El dato
La nueva ley ajusta el máximo de las pensiones hasta $3,000 mensuales. Actualmente los pensionados optados tienen una pensión máxima de $2,000 mensuales. 12 cambios importantes con la nueva ley de pensiones
Se aumentan 30 % las pensiones y se crea un instituto que emitirá deuda para acceder a los ahorros.
Punto 1
Pensión de vejez
Alza de 30 % a pensión por vejez, que se calcula destinando el saldo individual y rentabilidad entre 260 mensualidades (20 años).
Punto 2
Pensión de sobrevivencia
La pensión mínima por vejez, invalidez y sobrevivencia será $304.17 pero dice no podrá ser inferior a la pensión mínima por vejez completa.
Punto 3
No anticipo
La ley no considera la posibilidad de que los trabajadores cotizantes al SAP puedan acceder a un anticipo de su saldo de su cuenta individual.
Punto 4
Cotización
La tasa de cotización será 16 % (actual 15 %), corresponderá 7.25 % al trabajador y 8.75 % al empleador (que actualmente aporta 7.75 %).
Punto 5
Los ahorros
Fondos de Pensiones en las AFP deberán adquirir certificados planificados por el ISP para pagar pensiones del sistema público u otras obligaciones.
Punto 6
Monedas
El Comité de Riesgo determinará las monedas en las que se podrá invertir el Fondo de Pensiones, cuando sean distintas a dólares de EE.UU.
Punto 7
Si hay iliquidez
La ley dice que el ISP garantizará el pago de pensiones y el Estado resolverá cualquier desequilibrio de liquidez para pagar los beneficios.
Punto 8
Seguros
El seguro de invalidez y sobrevivencia continuará hasta su finalización y las acciones derivadas concluirán en 10 años a partir de la fecha del siniestro.
Punto 9
Institución
El número de identificación del sistema será el número de DUI. La Superintendencia y las AFP usarán la información del Registro de Personas.
Punto 10
Pensión máxima
Se establece una pensión máxima de $3,000. Actualmente hay una pensión máxima de $2,000 para los pensionados "optados”.
Punto 11
Multas
La ley también establece varias multas por no declarar, declaración incompleta o no pagar cotizaciones. Se plantean sanciones de $600.
Punto 12
Nuevo ISP
Se disolverá el Fideicomiso de Obligaciones Previsionales (FOP) y surge el nuevo ISP que asumirá dicha deuda con el Fondo de Pensiones.