Nueva ley obliga inscripción en Registro de Profesionales para hacer obras de construcción

Jueves 17, Octubre 2024 - 5:30 AM
Los profesionales no podrán realizar obras de construcción si no están inscritos en el Registro de la DOT. / Imagen ilustrativa.

Hasta $365,000 será la sanción por construir sin estar en el Registro. El nuevo Registro será controlado por la nueva Dirección DOT, que autorizará permisos de construcción en lugares que no sean el Centro Histórico de San Salvador ni el área metropolitana de San Salvador.

La nueva Ley de la Dirección de Ordenamiento Territorial y Construcción (DOT) aprobada este miércoles crea un "Registro de profesionales y prestadores de servicios de urbanización y construcción" en el cual las personas que pretendan realizar trámites en la DOT deberán inscribirse en un máximo de seis meses luego de la vigencia de la ley. El Registro, que centralizará otros registros que tienen instituciones como el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales (MARN), Ministerio de Cultura y Ministerio de Vivienda, deberá tener los datos de los técnicos, especialistas, profesionales y responsables del diseño y ejecución de obras de urbanización y construcción, elaboradores de estudios de impacto ambiental y de patrimonio cultural. Según la ley, que aún no es publicada en el Diario Oficial, a los ingenieros y arquitectos que tengan carnet vigente se les sustituirá como inscripción en el Registro y, luego de vencido, deberá renovar su inscripción, debiendo pagar una tarifa a la DOT. La normativa, aprobada con 57 votos de Nuevas Ideas y sus aliados en la sesión plenaria del miércoles 16 de octubre, centraliza los permisos de construcción en la DOT, nueva entidad que recibirá los activos de la actual Dirección de Trámites de Construcción (DTC) creada en febrero de 2023 por acuerdo ejecutivo del presidente de la República, Nayib Bukele. La DOT será la encargada de autorizar las construcciones en áreas desde los 250 metros cuadrados.

Construir sin inscripción: falta muy grave

Realizar obras de construcción, remodelaciones o ampliaciones sin estar en el Registro será infracción "muy grave", que se sancionarán con multa de hasta 1,000 salarios mínimos mensuales vigentes del sector comercio, servicio e industria, es decir $365,000. Cuando una obra o parte de la misma haya sido realizada por personas no inscritas en dicho Registro "se ordenará la demolición", proceso que deberá ser realizado por el infractor a su costo en 15 días luego de la notificación. La DOT también podrá suspender una obra si su director no está registrado. Según la normativa aprobada ayer, solamente las personas que tengan inscripción vigente en el Registro "podrán firmar documentos, estudios, planos, bitácoras y presentar solicitudes ante la DOT". Estas inscripciones tendrán una vigencia de tres años. En otra norma legislarán los procesos de formación requeridos. El Registro estará a cargo de "uno o más registradores" que podrán inscribir, modificar o cancelar asientos, además de registrar las sanciones impuestas a los profesionales o sus inhabilitaciones o suspensiones.

Un solo Registro

Las instituciones públicas tendrán tres meses para trasladar los registros ya existentes a la DOT. La legislación emitida indica que se unificarán diferentes registros como: Registro nacional de arquitectos, ingenieros, proyectistas y constructores del Ministerio de Vivienda; Registro de empresas o personas que se dediquen a estudios de impacto a ambiental; profesionales de arqueología, paleontología y patrimonio del Ministerio de Cultura; y "cualquier otro que pueda llevar otra institución pública para los mismos fines".

Ingenieros "expectantes" ante la DOT

Un ingeniero consultado por Diario El Mundo consideró que "para el ordenamiento territorial y para la seguridad en una zona sísmica como El Salvador es bueno" crear el Registro de Profesionales para la construcción. Sin embargo, aseguró que el gremio de ingenieros está "expectante" por cómo se va a comportar la DOT, ya que la experiencia le indica que la Oficina de Planificación del Área Metropolitana de San Salvador (Opamss) se comporta "bastante correcta, autónomos en sus decisiones, reglamentos y documentos", además de "ordenada". Según el ingeniero, actualmente no existe un registro obligatorio en el cual los ingenieros tengan que tener una certificación o haber pasado un examen o tener una licencia, sino únicamente con su sello de ingeniería civil o profesional competente puede certificar planos o auditorías. Detalló que la Opamss posee un registro con distintas categorías de autorizaciones; sin embargo, advirtió que un ingeniero especializado en diseño estructural no podrá realizar una obra de construcción en los distritos del Área Metropolitana de San Salvador (AMSS) si no está inscrito en tal registro pero no es sancionado como plantea la nueva normativa. La nueva Ley de la DOT no aplica en el Centro Histórico de San Salvador ni en el AMSS ya que en dichas zonas rigen la Ley de Creación de la Autoridad de Planificación del Centro Histórico de San Salvador y la Ley de Desarrollo y Ordenamiento Territorial del AMSS y de los municipios aledaños y su reglamento. Tampoco aplica la Ley de la DOT en parcelaciones estatales, agrícolas, habitacionales antes del 7 de septiembre de 2012 sometidas a las leyes de lotificaciones y parcelaciones de uso habitacional y de regularización de lotificaciones, proyectos de urbanización de interés general, construcción de vías públicas, obras de seguridad nacional, acueductos, canales de riego, puertos y aeropuertos, ni en obras de disposición y tratamiento de explosivos y residuos tóxicos y peligrosos.