Una reforma a la ley General Tributaria Municipal daría facultad de a los alcaldes del país de sancionar a los contribuyentes de los municipios que infrinjan las ordenanzas o leyes de impuestos que rigen en cada municipio.
La propuesta fue entregada por Nuevas Ideas el 12 de julio de la Asamblea Legislativa y fue recibido el pasado viernes por la Comisión de Asuntos Municipales de la Asamblea.
El proyecto otorga nuevas facultades al concejo municipal, al alcalde y a los órganos dependientes de las alcaldías relacionadas también a la autorización de compensaciones, apelaciones, prescripciones de las deudas tributarias y la determinación del monto de las deudas tributarias.
Actualmente, las facultades dependen del concejo y de una administración tributaria municipal previo acuerdo del concejo, y pueden autorizar a otros funcionarios o empleados de la comuna.
Las facultades.
La reforma facultaría a los concejos a declarar que una obligación tributaria, de impuestos o tasas, ha prescrito.
También, los concejos podrán autorizar la compensación de los tributos y conocer las apelaciones ante las resoluciones tributarias.
Las unidades u órganos dependientes de la alcaldía estarán facultadas a "determinar la obligación tributaria”, verificar y controlar, recaudar, cobrar y apoyar. La ley tributaria municipal no regula montos de tributos, los cuales son establecidos por cada ordenanza o ley municipal.
Buscan darles autonomía financiera.
Los diputados firmantes de la solicitud de reforma aseguran que es necesario que las alcaldías puedan percibir ingresos que les "brinden una verdadera autonomía financiera para conseguir el desarrollo local”. En la solicitud no mencionan el recorte del Fodes aprobado en noviembre pasado. Sin embargo, sostienen que buscar darles las herramientas a las municipalidades para que tengan "autonomía local” en la recaudación de tributos. Ven "más coerción”.
El exalcalde y actual concejal de San Marcos, Fidel Fuentes, explicó que la reforma centra su contenido en "otorgar a las municipalidades herramientas administrativas y legales que permiten aplicar más coerción con multas y sanciones a los sujetos pasivos de tributación dedicadas a las actividades industriales, comerciales, etcétera, que incumplan con sus obligaciones de pago como tasas e impuestos municipales, contribuciones especiales y toda obligación tributaria a las alcaldías”.
Para el concejal de San Salvador, integrante del partido Nuestro Tiempo, Héctor Silva, la iniciativa de diputados de Nuevas Ideas otorga más facultades al concejo municipal y al alcalde, sin embargo, cree que de fondo el Gobierno advirtió que cometió un error al quitarle el Fondo para el Desarrollo Económico y Social para las Municipalidades (Fodes) a las alcaldías, que ahora "están prácticamente en bancarrota”. La Asamblea Legislativa recortó del 10 % al 1.5 % –de ingresos estatales– el Fodes desde noviembre de 2021.
Facultades tributarias en municipios
La reforma a la Ley General Tributaria Municipal propuesta por Nuevas Ideas indica que los órganos que componen la administración tributaria municipal tendrán las siguientes facultades.
1.- Concejos municipales
Autorización de compensación de tributos, conocer recurso de apelación y declarar la prescripción de la obligación tributaria.
2.- Alcalde
El alcalde tendría una "facultad sancionadora de las contravenciones tributarias” de acuerdo al anteproyecto de de reforma en su artículo 76.
3.- Órganos dependientes
Facultad de determinación de obligación tributaria, facultad de verificación y control, recaudación y cobranza, y de apoyo.