Persiste ilegalidad en el nombramiento de presidente CSJ, señalan abogados
Jueves 01, Julio 2021 - 5:00 AM
Óscar López y Elsy Dueñas, en la práctica, han sido trasladados de otras salas, algo que está prohibido por la jurisprudencia según abogados.
El nombramiento de Óscar López Jerez como presidente de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) y de la Sala de lo Constituicional por parte de la Asamblea Legislativa ayer en la madrugada, mantiene los mismos vicios de ilegalidad que cuando se le nombró en el cargo el 1 de mayo, sostienen representantes de diferentes organizaciones.Marjorie Trigueros, directora de Estudios Legales de la Fundación Salvadoreña para el Desarrollo Económico y Social (Fusades), sostuvo que la elección de López Jerez "repite los mismos vicios de inconstitucionalidad” en los que la bancada oficialista incurrió desde su traslado y nombramiento el 1 de mayo.El 1 de mayo, los diputados movieron a los magistrados López Jerez y Elsy Dueñas de las salas de lo Civil y Concencioso Administrativo, respectivamente, a la Sala de lo Constitucional. Dueñas terminaba su periodo este 30 de junio pero se le extendió hasta 2027, con lo cual tendrá 15 años como magistrada, aunque la Constitución ordena un periodo de 9 años. López Jerez, sin embargo, concluye en 2024.Para los abogados, estos nombramientos han sido, en la práctica, traslados hacia la Sala de lo Constitucional."Simplemente fue una especie de traslado y elección para seis años y pico más. Eso no cumplió con el proceso de conformidad a la Constitución y la jurisprudencia”, dijo German Rivera, presidente del Centro de Estudios Juridicos (CEJ).La sentencia 19-2012 prohibió que la Sala de lo Constitucional fuera integrada mediante traslados de magistrados provenientes de otras salas."No es posible que la misma sea integrada con magistrados de otras salas”, indica el fallo del 5 de junio de 2012. Esta sentencia indica que la conformación de la Sala de lo Constitucional "solo es posible cuando sus miembros, elegidos previa y directamente por la Asamblea, deban ser sustituidos por haber finalizado los nueve años de su nombramiento”."Tomando en cuenta el mandamiento judicial de la Sala de lo Constitucional legítima, el proceso de imposición de Jerez es ilegal”, dijo Wilson Sandoval, de ALAC-Funde.