Los pensionados podrán decidir nuevos beneficiarios si no los tienen.
La Asamblea Legislativa aprobó este jueves una reforma a la Ley del Sistema de Ahorro de Pensiones para facilitar que los afiliados puedan designar libremente a los beneficiarios, sin restricciones o condicionantes que impliquen que dichos beneficiarios deben ser personas que tengan alguno de los grados de parentesco que la ley vigente establece y que dependan económicamente del afiliado.La propuesta fue presentada por el diputado de la Gran Alianza por la Unidad Nacional (Gana), Francis Zablah. Fue aprobada con dispensa de trámite, con 53 votos.
El artículo 106 hace referencia a que tendrán derecho a pensión de sobrevivencia el o la cónyuge, el o la conviviente en unión no matrimonial, hijos y padres, legítimos o adoptivos.Con la reforma, se agrega que en caso de que no exista o no sobreviva alguno de los miembros del grupo familiar y "cuando sea la voluntad del afiliado que sus beneficiarios sean personas de otro grado de parentesco o que no tengan ninguno respecto de él”, tendrán derecho a pensión de sobrevivencia, siempre que hayan sido designados previamente por el afiliado.
"El sistema no es quién va a decidir, es la persona dueña de la pensión la que dice cómo va a priorizar”, dijo Mario Ponce, presidente de la Asamblea Legislativa.
Sin devolución.Otra reforma aprobada por la Asamblea Legislativa permitirá que los cotizantes que solicitaron el anticipo del 25 % de su ahorro puedan pensionarse sin la obligación de devolver el anticipo.. En la reforma de 2017 que habilitó el anticipo estableció el reintegro. "Cuando van a las AFP, les dicen ‘usted firmó un documento en el que se comprometió a devolver ese dinero o a cotizar cinco años más’. Esto es parte, a mi juicio, de las trampas que llevaba la reforma del 2017 que el único objetivo no era ayudar a los pensionados, sino que resolver una crisis de dinero, crisis fiscal”, dijo Juan José Martel, de Cambio Democrático.
Reforma a ley de sistema de ahorro de pensiones agrega disposiciones
Con 48 votos, la Asamblea Legislativa aprobó una reforma a la Ley del Sistema de Ahorro de Pensiones que permitirá a los cotizantes que han solicitado el anticipo del 25% poder pensionarse sin devolver el anticipo.
126 FArtículoPodrá solicitar a la AFP se le calcule en base al saldo disponible en su cuenta individual la pensión a la que pudiera tener derecho.
126 EArtículoSi el saldo en la cuenta individual de ahorro no alcanza para que el afiliado goce de pensión, podrá optar a la devolución de saldo.