Reforma permitirá que entes del Estado puedan reservar información oficiosa
Martes 01, Febrero 2022 - 3:45 AM
Comisión de Legislación aprobó por mayoría el dictamen favorable, que será aprobado hoy en sesión plenaria. Aún puede sufrir cambios.
La Asamblea Legislativa aprobará este martes reformas a la Ley de Acceso a la Información Pública (LAIP) de El Salvador, entre las cuales se incluye la facultad de las entidades del Estado para que clasifiquen como reservada información oficiosa.
La reforma indica que si se estima que "la información pública y la información oficiosa comprendida en el Título II, Capítulo I de la Ley deban clasificarse como reservada, la entidad competente deberá motivar en su resolución que se cumplen los siguientes extremos”.
La información oficiosa es aquella que se publica en los sitios web de las instituciones del Estado sin que los ciudadanos la soliciten.
La reforma información oficiosa del capítulo I del título II de la LAIP comprende 75 diferentes tipos de información como contrataciones y adquisiciones, informes contables, listas de asesores, viajes, plan del Gobierno, actas de reuniones del Consejo de Ministros, estadísticas generadas por el Instituto de Medicina Legal, auditorías definitivas de la Corte de Cuentas de la República e informaciones de Presidencia, Consejo de Ministros, Consejo Nacional de la Judicatura, Tribunal Supremo Electoral e incluso de los concejos municipales.
Los diputados de Nuevas Ideas rechazaron en un inicio que este contenido fuera a aprobarse dentro del artículo 16 de la LAIP, como estaba en el proyecto. Sin embargo, dicho tema –la reserva de información oficiosa– fue incorporado al artículo 21 a iniciativa del diputado Geovanni Zaldaña.
Actualmente el artículo 91 indica que el Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP) celebrará una audiencia oral con las partes, en la cual se conocerá la prueba y el comisionado designado presentará el proyecto de resolución.
El IAIP dirime los conflictos cuando el Estado se niega a entregar una información a un ciudadano.
El proyecto de reforma aprobado ayer, con los votos de Nuevas Ideas, indica que en los casos de apelación "se podrá prescindir de la audiencia si con la mera aplicación del derecho y con lo que obre en el expediente pueda decidirse sobre la naturaleza de la información.
La ley actual daba tres días para que el pleno del IAIP emitiera una resolución definitiva luego de la audiencia. Con la reforma, este plazo se extiende hasta un mes para homologar los plazos a la Ley de Procedimientos Administrativos, o incluso más si se presentan trámites adicionales. La propuesta de reforma fue avalado ayer por el presidente del IAIP, Ricardo Gómez Guerero, y la gerente general, Gabriela Castillo, quien aseguró que la reserva de información oficiosa subsana ciertos vacíos de ley. Guerrero sostuvo que la facultad de reservar información ya existe.