Sala declara inconstitucional decreto que permitía a las alcaldías endeudarse

Martes 26, Enero 2021 - 6:00 PM

El tribunal constitucional ordenó a la Asamblea Legislativa enviar al archivo el decreto en referencia.

Archivo DEM
La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) declaró inconstitucional por vicio de forma el Decreto 763 de la Disposición Transitoria para permitir el normal desempeño de las municipalidades en el último semestre de la administración de los concejos municipales electos para el periodo 2018-2021, que avalaba a las alcaldías gestionar endeudamiento.El decreto fue emitido por la Asamblea Legislativa el 29 de octubre de 2020, fue vetado por el presidente Nayib Bukele y superado el veto el 19 de noviembre del año pasado, con lo que se envió a controversia a la Sala de lo Constitucional.El decreto 763 suspendió temporalmente las prohibiciones en el numeral 12 del artículo 31 del Código Municipal, para los 180 días anteriores al fin del periodo para el que fueron electos, con lo que habilitaba a los concejos a adquirir créditos nacionales e internacionales sin aval del Estado, salvo en calamidad pública. Eso, en vista de que este año los planes de desarrollo local se han visto afectados por la atención a la pandemia del covid-19.El Presidente de la República afirmó que la Asamblea Legislativa aprobó el decreto con dispensa de trámite sin haber justificado su urgencia y necesidad, "lo que implicaría la inobservancia al proceso de formación de ley, específicamente, al principio de contradicción, publicidad, libre debate y discusión propio de la actividad legislativa”, establecidos en el artículo 135 de la Constitución de la República.La Asamblea Legislativa defendió la constitucionalidad de la urgencia en la aprobación del decreto expresando que ello fue argumentado en los considerandos del mismo y de manera verbal durante la sesión plenaria. El fallo de la Sala es declarar inconstitucional, de un modo general y obligatorio, el Decreto Legislativo 763, por la vulneración a los principios señalados en artículo 135 de la Constitución."La razón es que la Asamblea Legislativa no justificó ni demostró de manera objetiva la urgencia de la dispensa de trámite con que fue aprobado dicho decreto en la sesión plenaria ordinaria número 133, de 29 de octubre de 2020”, agregó.