Vigente reforma clave para las federaciones deportivas y ley contra el dopaje en el deporte

Viernes 14, Marzo 2025 - 5:00 AM
El Consejo Directivo del INDES podrá emitir acuerdos de funcionamiento si la federación internacional no responde a una notificación de irregularidad o violación estatutuaria; también podrá realizar auditorías de gestión a las federaciones. / DEM. El Consejo Directivo del INDES podrá emitir acuerdos de funcionamiento si la federación internacional no responde a una notificación de irregularidad o violación estatutuaria; también podrá realizar auditorías de gestión a las federaciones. / DEM.
El Consejo Directivo del INDES podrá emitir acuerdos de funcionamiento si la federación internacional no responde a una notificación de irregularidad o violación estatutuaria; también podrá realizar auditorías de gestión a las federaciones. / DEM.

Desde este viernes están vigentes dos decretos relacionados al deporte salvadoreño.

La "Ley de protección de la salud en el deporte y lucha contra el dopaje” y las reformas a la "Ley general de los deportes de El Salvador”, que crean un mecanismo para sancionar a los deportistas por dopaje y buscan modificar la regulación a las federaciones deportivas, inician su vigencia este viernes 14 de marzo. Ambas normativas fueron publicadas en el Diario Oficial del 6 de marzo de 2025. La nueva ley contra el dopaje creará un "Panel Independiente de Audiencia de Primera Instancia", conformado por dos abogados y un médico, que podrá sancionar a los deportistas y a su personal de apoyo cuando tengan en su poder o hayan consumido sustancias no permitidas. Mientras tanto, la ley de deportes flexibiliza los requisitos para los directivos de las federaciones deportivas y permitirá el INDES tome acuerdos de funcionamiento de las federaciones ante irregularidades si no hay respuesta en 45 días hábiles de las federaciones internacionales. El Panel será nombrado por el gerente general de la Organización Nacional Antidopaje de El Salvador, una nueva instancia que, con la normativa, será el "máximo órgano técnico nacional" facultada para prevenir, controlar y sancionar a los deportistas sorprendidos con alguna sustancia prohibida. Las sanciones también aplican si renuncian al análisis de una muestra o a su obligación de someterse a la recogida de muestras, y también a la posesión de sustancias incluso por una persona de apoyo del mismo deportista. La nueva Organización Nacional Antidopaje estará compuesta por un Comité Supervisor en donde estarán dos representantes del Instituto Nacional de los Deportes (INDES), uno de la Superintendencia de Regulación Sanitaria (SRS), uno de la Comisión Nacional Antidrogas y uno del Comité Olímpico de El Salvador. En la Organización, el Comité Supervisor nombrará al gerente general que podrá nombrar a su vez al Panel. El panel también formará parte de la Organización, además de una comisión de atletas. Desde hoy también está vigente la reforma a la Ley General de los Deportes para permitir que los directivos de las federaciones o asociaciones deportivas puedan ser personas no vinculadas al deporte y que el Comité Directivo del INDES pueda emitir acuerdos sobre el funcionamiento de federaciones deportivas. El INDES podrá intervenir en estos casos si en un plazo de 45 días hábiles las federaciones internacionales no responden a los reportes de violaciones de estatutos o irregularidades en las correspondientes federaciones deportivas.