Esta modificación hecha por la Comisión de Regularización de la FESFUT se da a raíz de la tragedia en el estadio Cuscatlán en la que fallecieron nueve personas por una estampida humana el pasado 20 de mayo.
Nueva disposición.
En el artículo 23 de las bases de competencia de la temporada 2023-2024 se lee que está prohibido el ingreso de personas en evidente estado de ebriedad y bajo los efectos de sustancias alucinógenas.También si la persona incurre alguna de dichas faltas será desalojado inmediatamente.
En el mismo artículo 23 también se añade que, “está prohibida la venta y consumo de cualquier bebida embriagante como cerveza, licor y sus similares en los estadios o canchas donde se practique el fútbol de Primera División en el país”.
Por su parte, la venta de bebidas no alcohólicas, como gaseosas, jugos o agua, serán servidos en vasos desechables. El incumplimiento de lo anteriormente establecido, el club será castigado según lo dispone el Código Disciplinario.
En el mismo artículo 23 estipula que cuando en un partido se altere el orden o ponga en peligro la integridad física de los árbitros, jugadores, técnicos o personal en general, se causen daños materiales o lesiones, se produzca invasión del terreno de juego, o se perturbe notoriamente el normal desarrollo del encuentro y, se comprobare que el club local no adoptó las medidas conducentes en la prevención de los hechos acaecidos, o que hizo negligentemente por cuanto los servicios de seguridad fueron deficientes, insuficientes o de escasa eficacia, será responsable de los hechos.