La representación del Estado salvadoreño ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) estableció en sus alegatos finales que El Salvador permite la interrupción del embarazo, según un lineamiento técnico de 2016, sin necesidad de cambiar el Código Penal.

“De hecho, el Estado emitió los lineamientos técnicos para la aplicación del Código Amarillo en el RIISS en 2016, en estos lineamientos se deja completamente claro y expresamente que se puede terminar el embarazo a través de la interrupción, cuando una mujer embarazada esté en estado crítico y lo consienta. Este protocolo pudo ser permitido sin cambiar la ley penal, porque ésta no sería una conducta penal sino un procedimiento médico lícito”, dijo la abogada Juana Acosta, ayer en el segundo día de audiencia.

Actualmente, el Código Penal salvadoreño vigente establece, en el artículo 133, que el aborto es penado con cárcel de dos a 8 años, y hasta 12 años si es agravado. La ley dedica todo un capítulo a la penalizción del aborto.

Ayer, en sus alegatos en nombre de El Salvador, Acosta aseguró que la despenalización del aborto genera más incertidumbre. “Despenalizar una conducta no la convierte en un derecho”, afirmó.

“El Estado tiene una gran preocupación porque a través de las causales de despenalización lo cierto es que están comenzando a avalarse abortos eugenésicos, y no porque la causal como tal diga que el aborto pueda ser eugenésicos, sino porque las formulaciones de las causales permiten las interpretaciones ambiguas que permiten que dentro de la causal quepan”, señaló Acosta.

Ayer, la Corte IDH escuchó los alegatos de los demandados y demandantes. / Cortesía
Ayer, la Corte IDH escuchó los alegatos de los demandados y demandantes. / Cortesía



El Estado salvadoreño también le aseveró a los jueces que durante los procedimientos se respetó y garantizó la vida y la salud de Beatriz y de su hija, “Leylani”.

Las representantes de El Salvador también reconocieron que en 2013 no existían protocolos médicos para la atención de una mujer embarazada en riesgo, que necesitara la interrupción del embarazo, sin embargo, afirmaron que esa situación se ha corregido, primero con el protocolo de 2016, y ahora con la Ley Nacer con Cariño y la Ley Crecer Juntos, impulsadas por la actual administración gubernamental.

Ayer, el Estado reconoció las vulnerabilidades de la joven Beatriz, por sus enfermedades, pero manifestaron que nunca corrió riesgo. “El Estado garantizó los derechos a la vida, a la salud en su dimensión física teniendo en cuenta que la vida de Beatriz nunca estuvo en riesgo”, agregó la abogada Ana María Idarraga. Las ponentes del Estado también aseguraron que se reconocía la condición de pobreza de la joven salvadoreña, quien esperó 81 días por la terminación de su embarazo.

Desde la concepción.

Teóricamente, el Estado expuso ayer que la Corte IDH debe resolver una sentencia que exprese la protección de la vida desde la concepción y cuestionaron que debe revisarse la sentencia de Artavia Murillo versus Costa Rica, donde la mima Corte sostiene que esa protección no es absoluta, sino “gradual e incremental”.

El dato

La Corte IDH dio hasta el 24 de abril para que ambas partes envíen sus alegatos finales por escrito y luego dará una sentencia en el caso Beatriz versus El Salvador.

Archivo
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¿Quién era Beatriz?


La joven Beatriz, de 22 años de edad, vivía en una condición de pobreza. Originaria de La Noria, Jiquilisco, Usulután, era madre de un niño y tenía Lupus Eritematoso Sistémico (LES), una enfermedad crónica autoinmune que, en la práctica es el mismo sistema inmunitario quien ataca al cuerpo y los tejidos.

En 2013,al enterarse que estaba nuevamente embarazada, en riesgo por su enfermedad y que el bebé que esperaba no sobreviviría afuera de su útero porque era enancefálico, los médicos del hospital local recomendaron que clínicamente lo ideal sería suspender el embarazo, sin embargo, la ley en El Salvador prohíbe el aborto y castiga con cárcel esta práctica.

Con apoyo de organizaciones feministas, Beatriz presentó un amparo ante la Sala de lo Constitucional y su espera por una respuesta tardó 81 días. Mientras eso ocurría, también pidieron medidas ante la Corte Interamericana. La Sala resolvió no ha lugar al amparo, dejó la resolución en manos de los médicos y procurar salvar las dos vidas. Luego la Corte Interamericana emitió las medidas cautelares.

A las 26 semanas, a Beatriz le practicaron una cesárea y una histerectomía; pasó cinco días en UCI. Su bebé murió a las 5 horas.

En 2017, Beatriz tuvo un accidente, fue hospitalizada y se contagió de neumonía, debido a su débil estado de salud, y murió debido a esa causa.