La comunidad LGBTIQ+ en El Salvador lamentó los mensajes que recibió la representante de Portugal, Marina Machete, de parte de un creador de contenido, en el desarrollo del certamen de belleza, Miss Universo, y añadieron que estos actos evidencian que el país es un Estado transfóbico y machista.

Las declaraciones fueron brindadas por la Mesa por una Ley de Identidad de Género, en el contexto del Día Internacional de la Memoria Trans, que se recuerda cada 20 de noviembre.

"En el evento internacional participaban dos mujeres trans, una de ellas sufrió mensajes transfóbicos por un creador de contenido, lo que refleja la realidad que a diario, las personas trans enfrentamos y solo evidencia ante el mundo que El Salvador sigue siendo un estado transfóbico y machista".
Mesa por una Ley de Identidad de Género.

A principios de noviembre y durante una transmisión en vivo en el hotel Real Intercontinental, un creador de contenido dio vuelta a su cámara para no mostrar el paso de Miss Portugal, una de las dos participantes transgénero de Miss Universo. La actitud del creador de contenido fue repudiada en redes sociales quien luego dijo que no se disculparía.

La comunidad LGBTIQ+ que conforma la Mesa por una Ley de Identidad de Género aseguró que estos actos son una muestra de los que a diario sufren en el país.

Sin legislación

La Mesa también recordó que desde hace 21 meses, la Sala de lo Constitucional ordenó a la Asamblea Legislativa, establecer un mecanismo que posibilitara el cambio de nombre para las personas trans.

"El plazo venció en febrero pasado, negándose hasta el momento, un mecanismo de diálogo, pese a solicitudes realizadas por el conjunto de organizaciones para hablar del tema y a los llamados internacionales respecto a que se legisle en favor de la población", dijo la comunidad a través de un pronunciamiento.

En febrero de 2022, la Sala de lo Constitucional ordenó emitir una reforma para que las personas trans cambien su nombre, y que éste sea compatible con su identidad de género, luego de declarar inconstitucional el inciso dos del artículo 23 de la Ley del Nombre de la Persona Natural, el cual establece las causales para el cambio de nombre.