Los capturados bajo el régimen de excepción podrían pasar hasta tres años y cinco meses en prisión provisional, mientras la Fiscalía General de la República los investiga antes de ser enjuiciados, esto tras la entrada en vigencia de una reforma transitoria que agrupa a los procesados para ser enjuiciados masivamente.

Abogados penalistas y fiscales confirmaron a Diario El Mundo, que con el decreto 803, vigente desde el 25 de agosto pasado, denominado “Disposiciones transitorias especiales para ordenar el procesamiento de imputados detenidos en el marco del régimen de excepción”, le da la facultad a la Fiscalía General de la República hasta agosto del 2025 para acusar a los imputados, partiendo de estructura de pandilla a la que pertenecía, la denominación, por funcionamiento, territorio, y otros criterios que el fiscal estime conveniente.

“Con el nuevo decreto que ya está aplicable desde el 25 de agosto...los presos del régimen estarán enfrentando sus preliminares hasta 2025...que todo este tiempo estarán en detención provisional mientras siguen investigando”, afirmó un fiscal consultado por Diario El Mundo, y cuya identidad se resguarda por seguridad.

Otra fiscal confirmó que “prácticamente” se estaría ampliando el plazo de instrucción por dos años más. A preguntas si ya empezaron a presentar acusaciones masivas, respondió queno, que en este momento “en teoría” los fiscales de los casos están ubicando a los detenidos e identificando a qué clica o estructura pertenecen o en qué territorio operan.

El Salvador se mantiene en régimen de excepción desde el 27 de marzo de 2022 y hasta la fecha de entrada en vigencia del decreto 803, acumulaba 17 meses de vigencia; el nuevo decreto le da el chance a los fiscales de tener 24 meses más para la investigación y reorganización de los procesos penales por clica o bajo el criterio que estimen.

Casi cuatro años.

El abogado penalista Carlos Avelar también confirmó que el decreto prácticamente alarga la etapa de investigación hasta 2025, que las personas que fueron capturadas desde marzo del 2022, estarían casi cuatro años presas antes de recibir condena o ser absueltas.

”Dígamos que con base al decreto, estamos hablando de la etapa de instrucción prácticamente, entonces hasta que se le realice vista pública se le va resolver la situación jurídica de ellos”, aseguró Avelar.

De igual forma, el abogado penalista Romeo Vásquez aseguró que “lastimosamente” el decreto le da herramientas a la Fiscalía para seguir investigando a los detenidos bajo el régimen de excepción, y en algunos casos, unos procesados cumplirían hasta cuatro años en detención.

“Les están dando herramientas a la Fiscalía para que tenga más tiempo de poder investigar a una persona o a una determinada clica, y no estar pidiendo las famosas prórrogas...para no estar haciendo eso, es que han hecho ese decreto y les han dado las herramientas para que lastimosamente podría hasta pasar cuatro años en un proceso sin que se le de una condena”, explicó Vásquez.

Vulneraciones.

Vásquez añadió que “antes” cuando se respetaba el Código Procesal Penal una persona no podía estar más de dos años en detención provisional, sin embargo, en la actualidad desde la aplicación del régimen de excepción no se cumple.

“Entonces esa personaya estuvo tres o cuatro años en investigación y después le digan: ‘Mire, lovamos a absolver porque no le encontramos nada en contra suya’. ¿Quién va aresponder por esos cuatro años de detención? Es totalmente una arbitrariedad,con toda honestidad es una vulneración al debido proceso, una vulneración a lalibertad de las personas, a la presunción de inocencia”, aseguró elpenalista Carlos Avelar.

Añadió que con los juicios masivos se violará el principio de individualización de los procesados en las imputaciones, ya que a su juicio no se podrá probar la participación o pertenencia de cada uno de los procesados: “Ahí se irán hasta los que fueron denunciados por llamadas telefónicas”, manifestó.

Ela bogado estima que hay “vacíos legales” en cuanto a que, una vez, la Fiscalía presente el dictamen de acusación contra una clica, y luego se capture a una persona que pertenezca a esa clica, no se sabe si se integrará a la acusación o se deberá procesar de forma individual.

“Aquí ya se rompió el Estados de derecho, en última instancia lo pueden hacer como ellos quieran, no podemos decir si es legal o ilegal, así como están las cosas se va a hacer como quieran...Lo que hemos visto, más muestra de vulneración al debido proceso a la Constitución ya no podemos ver, aquí cualquier cosa podemos ver”, sostiene Avelar.

Las disposiciones transitorias del decreto le da “un plazo que no excederá de 24 meses” a la Fiscalía para presentar el dictamen de acusación, es decir, hasta el 24 de agosto de 2025.

Ampliación de periodo de instrucción

Tras la acusación penal, el sistema de justicia del país establece tres etapas, la de instrucción es la segunda, donde la Fiscalía investiga los indicios de los delitos.

1.- Detención provisional.
El artículo 8 del Código Procesal Penal establece que la detención provisional no puede sobrepasar los 24 meses cuando trate de un delito grave.

2.- El régimen y sus reglas.
La Asamblea aprobó el régimen de excepción el 27 de marzo de 2022 y posteriormente reformó las circunstancias en las que serán procesados los detenidos en este tiempo.

3.- Dos años más.
Cuando el régimen de excepción llevaba 17 meses de vigencia, la Asamblea aprobó 2 años más de instrucción para los detenidos.