Los juzgados que tras la reforma a la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia desaparecerían a partir del 1 de enero, hasta ayer aún funcionaban, aunque algunos están a la espera de ser notificados sobre su conversión a un nuevo tribual.

Los Juzgados Sexto y Octavo de Instrucción de San Salvador confirmaron a Diario El Mundo que estaban en labores normales, y que hasta no recibir notificación de la Corte o de la entrada en vigencia de la reforma seguían funcionando.

De igual forma el Juzgado de Décimo Tercero y Décimo Cuarto de Paz de San Salvador los cuales se convertirán en Juzgados de Garantías, este último hasta ayer funcionaba con normalidad; el Décimo Tercero informó que solo estaba en espera de ser notificado, que ya no desarrollan audiencias, pero sí trámites administrativos y de traspaso a los que asumirán su carga laboral.

De igual forma la Oficina Distribuidora de Procesos, la cual se encarga de remitir requerimientos fiscales, informó que desde el 1 de enero dejó de enviar carga laboral a los juzgados de paz.
“Hasta que no recibamos notificación de la Corte vamos a estar como estamos...a parte que no se ha publicado el decreto”, afirmó una fuente judicial.

Aunque los juzgados aún desarrollan diligencias judiciales, el proceso de mudanza y distribución de los casos penales está en proceso, según constató este periódico.

Decreto.

El pasado 1 de noviembre, la Asamblea Legislativa reformó la Ley Orgánica Judicial para hacer una reestructuración en el sistema de justicia y conformar 11 Tribunales contra el Crimen Organizado y convertir dos Juzgados de Paz en Juzgados de Garantía.

Con la reforma en total serían reestructurados 42 juzgados especializados de instrucción, especializados de apoyo, especializados de sentencia, juzgados de menores y algunos de paz.

La reforma se hizo bajo el argumento de la saturación de los casos debido al régimen de excepción que ha dejado más de 61,000 capturas.

La reforma establece que los tribunales contra el crimen organizado estarán compuestos por cuatro jueces propietarios con sus suplentes. Uno deberá ser juez de menores designado por la Corte Suprema de Justicia y será el facultado en conocer los procesos contra menores en este tipo de procesos. Dicho juez se denominará “juez de garantías para el menor” y deberá actuar respetando la Constitución, la Convención sobre los Derechos del Niño y demás instrumentos internacionales.

También, las cámaras especializadas de lo penal se convertirán en Cámara Primera y Segunda contra el Crimen Organizado, respectivamente.

El dato

Hasta ayer, el decreto 551 que contiene la reforma a la Ley Orgánica Judicial no había sido publicada por el Diario Oficial, cuya última publicación fue el 21 de diciembre.