Sin embargo, la repetición había sido detenida porque dos de los tres procesados acudieron a la Sala de lo Penal para impedirlo. Recientemente, el 7 de junio de 2023, la Sala de lo Penal, de la Corte Suprema de Justicia, conformada por los magistrados Sandra Luz Chicas, Roberto Carlos Calderón y Ramón Narciso Granados, declararon inadmisible la petición y enviaron nuevamente el caso al tribunal para su repetición.
En este caso fueron enjuiciados Santos Hernández Beltrán, Samuel Elías Delgado Navas y Óscar Remberto Delgado Navas, por el delito de homicidio agravado, en perjuicio del secretario departamental de San Salvador del Partido de Concertación Nacional, Ramón Kury, un hecho del 26 de abril de 2018 en la colonia Las Mercedes, en la entrada de la sede nacional del referido partido.
Falta de análisis.
En pocas palabras, la Cámara Segunda de lo Penal ordenó la repetición del juicio, debido a que el juez José Luis Giammattei Castellanos, quien resolvió el caso en el Tribunal Segundo de Sentencia, no valoró ni analizó la prueba que presentó la Fiscalía General de la República.La resolución bajo la referencia 123-2021-3(4), de la cual tiene una copia Diario El Mundo, señala que “se logra advertir que en la sentencia, el juzgador se ha limitado a la mera transcripción de todos y cada uno de los actos de investigación, actos urgentes de comprobación, pericias, distintos informes y documentos que fueron admitidos como prueba para el juicio, así como los testimonios de los testigos que declararon en el mismo, sin emitir algún tipo de valoración sobre el mérito o desmérito de la misma”.
Los magistrados reprocharon que el juzgador inobservó las reglas de la sana crítica y no valoró en conjunto, el cúmulo de pruebas que desfilaron en el juicio.
Los fiscales manifestaron que el juez Giammattei Castellanos no consideró los audios de intervención telefónica, y que tampoco fueron reproducidos en el juicio. Además que no valoró la extracción, vaciado y análisis de la información de los celulares de los tres procesados.
Ineficiencia probatoria.
En la resolución del juicio, el juez Gimmattei afirmó que hubo deficiencias en las pruebas que no lograron romper el principio de inocencia, tales como el secuestro de teléfonos sin autorización judicial, y que la perito apuntó a Hernández Beltrán como el asesino, bajo conjeturas y no con pruebas penales.Ramón Kury
Ramón Orlando Kury
Cerca de las 7:11 de la noche, del 26 de abril de 2018, una persona vestida de negro se acercó a Ramón Kury a y le disparó dos veces, mientras un segundo vigilaba en la sede nacional del partido, y un tercero brindaba transporte de entrada y salida del lugar, según la Fiscalía.Un asesinato en la impunidad
La noche del 26 de abril del 2018, un hombre vestido de negro se acercó a Ramón Kury en el parqueo y salida de la sede nacional del PCN y le disparó en el abdomen y el tórax, provocándole la muerte.Marzo 18 de 2019
La PNC capturó a Óscar Remberto Delgado Martínez como el supuesto asesino del dirigente pecenista, Ramón Orlando Kury.
Marzo 21 de 2019
La Fiscalía acusó a los tres presuntos responsables del asesinato de Kury, sin tener claro el móvil del hecho.
Marzo 22 de 2019
El arma homicida usada para el asesinato, un revólver 3.57, generó polémica porque al momento del hecho, debía estar decomisada.
Marzo 11 de 2021
Un testigo del caso afirmó que Kury fue asesinado por los hermanos Delgado por rencillas personales, y que ellos eran “problemáticos”.
Marzo 12 de 2021
El Tribunal Segundo de Sentencia de San Salvador absolvió a los tres procesados por falta de eficiencia probatoria en el juicio.
Julio 22 de 2022
La Cámara Segunda de lo Penal ordenó repetir el juicio contra los tres procesados, por falta de argumentos del juez.