“La Lepina es claro en eso, todo aquel niño, niña o menor de edad que sufra una lesión por pólvora o por cualquier otra cosa, hay que reconocer que ese menor de edad tiene una responsable o un responsable, y es él quien dará cuentas ante las instancias legales de porqué esa niña o ese niño resultó lesionado”, dijo, este martes, el director de Protección Civil, Luis Amaya, durante una verificación de puestos de venta en Santa Tecla.
Por su parte, el director del Cuerpo de Bomberos, Baltazar Solano, indicó que todo comerciante que venda productos pirotécnicos a menores de edad sin acompañamiento de un adulto, recibirán sanciones correspondientes por los actos de irresponsabilidad, además señaló que es totalmente prohibido mantener niños o niñas en las instalaciones donde se comercializa, almacena o procesa pólvora.
Foto Archivo DEM.
¿Qué dicen las leyes?
El padre, madre o responsable legal de un infante o adolescente que resulte con quemaduras de productos pirotécnicos podría ir a prisión de uno a tres años si fuera acusado de abandono o desamparo al menor, poniendo en riesgo su integridad física y hasta la vida, según el artículo 199 del Código Penal salvadoreño.También, la Ley Especial para la Regulación y Control de las Actividades Relativas a la Pirotecnia, tipifica como una falta grave “permitir que niñas, niños y adolescentes manipulen pólvora sin la supervisión de una persona adulta”, estableciendo una sanción de $1,825 que deberá pagar el padre, madre o responsable del menor.
La Lepina sostiene que quien venda o de la pólvora a los menores, tampoco permitir que estos manipulen o fabriquen productos, esto puede ser castigado hasta con $3,650.
Medidas preventivas
Las autoridades realizan campañas de concientización y capacitaciones preventivas a comerciantes y población en general, enfocadas en evitar que niños y personas adultas resulten quedamos por el uso no supervisado de la pólvora durante las festividades decembrinas.Durante las festividades de Navidad y fin de año en 2021, las autoridades registraron entre el 24 de diciembre y el 2 de enero de 2022, un total de 266 personas quemadas por manipular pólvora, de esas cifras Protección Civil detalló que 98 fueron menores de edad y 168 adultos.
El Cuerpo de Bomberos recordó a la población y comerciantes la lista de fuegos pirotécnicos que están prohibidos:
- Silbadores
- Morteros arriba del número cinco
- Bombas de mezcal
- Fulminantes
- Buscaniguas
- Chispas del diablo
- Rocket
- Misil chino
- Triángulo de la muerte
- Mina de mar
- Pelotita explosiva
- Destructor
- Botellita de champán
#PlanFinDeAño2022 | El director de @PROCIVILSV, @luisalonsoamaya, se refiere la normativa que sanciona a los responsables de los menores de edad víctimas de la manipulación de la pólvora. #SecretaríaDePrensa pic.twitter.com/yBW15k4Vip
— Secretaría de Prensa de la Presidencia (@SecPrensaSV) December 6, 2022
#PlanFinDeAño2022 | El director del Cuerpo de @BomberosSV, Baltazar Solano, detalla las prohibiciones respecto al comercio de pirotécnicos. #SecretaríaDePrensa pic.twitter.com/ScrwYSBnh3
— Secretaría de Prensa de la Presidencia (@SecPrensaSV) December 6, 2022
Productos pirotécnicos prohibidos: silbadores, morteros arriba del número 5, bombas de mezcal, fulminantes, buscaniguas, chispas del diablo, rocket y misil chino, triángulo de la muerte, mina de mar, pelotita explosiva, destructor y botellita de champán. pic.twitter.com/KWcv05Ev5k
— Bomberos El Salvador (@BomberosSV) December 6, 2022