La Cámara Segunda de lo Penal resolvió que el Juzgado Segundo de Instrucción erró al no tomar la declaración anticipada del teniente José Ricardo Espinoza Guerra, y ordenó a que ésta sea tomada antes de la audiencia preliminar, en el caso de la masacre de la Universidad Centroamericana José Simeón Cañas (UCA), en donde seis sacerdotes jesuitas y dos colaboradoras fueron asesinados, el 16 de noviembre de 1989.

La declaración anticipada del teniente Espinoza Guerra fue solicitada por la defensa del exdiputado Rodolfo Antonio Parker Soto, ya que consideran pertinente para desvirtuar las acusaciones de otro testigo clave “Gabriel”, quien aseguró cómo fue la orden de matar a los jesuitas, así mismo, que Parker lo sobornó para cambiar su declaración durante la investigación de los hechos en aquel entonces.
En ese sentido, el Juzgado citó al militar para que cuente su versión de los hechos el próximo 16 de octubre.

Argumentos.

“Una resolución que vemos con beneplácito porque es necesaria para el descubrimiento de la verdad”, afirmó a Diario El Mundo, el abogado de Parker, Carlos Miranda.

La petición de la declaración anticipada hecha por la defensa de Parker consistía en un recurso de revocatoria, pero fue el juzgado quién la rechazó, pero la Cámara cambió esa decisión bajo el argumento que el testigo es una persona de edad avanzada “con posibilidades que migre o que le ocurra alguna otra contingencia imprevista”.

“Es evidente que no se trata de personas jóvenes que tengan plena disposición física para rendir testimonio en cualquier momento, y al contrario, el mero avance del tiempo perfila una circunstancia que vuelva más probable que se perfile un ‘obstáculo difícil de superar’ (muerte de testigo por razones de edad avanzada) por lo que ello justifica el aseguramiento de ese elemento de prueba testimonial previo al juicio”, argumentó la Cámara Segunda de lo Penal en su fallo.

En su escrito, el abogado Carlos Miranda afirmó que requería la declaración anticipada del teniente Espinoza Guerra porque “es la única persona que puede dar detalles sobre las circunstancias y manifestaciones en el momento de recibir las órdenes de los asesinatos dado que solo estaban ellos tres (el coronel Guillermo Benavides, Ricardo Espinoza Guerra y Gonzalo Guevara Cerritos), nadie más”.

“Es la única persona que puede dar detalles sobre las circunstancias y manifestaciones en que el testigo protegido Gabriel, lo ubica en su presencia y concurrencia, atribuyendo acciones y expresiones literales”, añadió en el escrito de apelación el abogado Miranda.

Contra “Gabriel”.

En mayo de este años, el testigo con régimen de protección clave “Gabriel” en su declaración anticipada, a preguntas de la Fiscalía General de la República afirmó que fue el coronel Guillermo Alfredo Benavides Moreno, quien le dio la orden de ir a “liquidar” al sacerdote jesuita Ignacio Ellacuría, al campus de la Universidad Centroamericana José Simeón Cañas (UCA).

Según el testigo “Gabriel”, la orden fue dada al coronel José Ricardo Espinoza Guerra, quien estuvo a cargo del operativo, y recalcó que la orden venía del Estado Mayor.

Así mismo, que Rodolfo Parker en calidad de asesor jurídico de la Presidencia, le habría ofrecido un millón de colones para que cambiara la versión, en referencia a qué según estos, la orden de asesinar a los jesuitas había sido dada por el expresidente Alfredo Cristiani, en calidad de comandante de la Fuerza Armada.

La audiencia preliminar de la masacre de la UCA, está programada para el 4 de diciembre de este año, en contra de nueve exmilitares, y dos civiles, siendo Parker y el expresidente Alfredo Cristiani.