Para buscar soluciones en la transformación de conflictos que constituyen casos difíciles y además de difícil solución, generalmente se habla en secreto. En tanto se trata de conversaciones cuya existencia es desconocida para la opinión pública, la idea es que el secreto es a veces un sine quanon; para que se realice algún tipo de conversaciones, que en cualquier caso, por la experiencia como se expresa la realidad, muestra que las “conversaciones secretas” puede ofrecer muchos beneficios incluso evitar los intentos de sabotaje de quienes están en contra de las negociaciones de marras, así como reacciones de los ciudadanos con capacidad de desestabilización, en tanto no sean expuestas las conversaciones secretas, también llevan menor riesgo de ser arrolladas por la dinámica del conflicto, lo que permite un espacio mas seguro para que pueda darse una construcción de confianza entre las partes. Además en una negociación secreta, es posible desarrollar las conversaciones mas a profundidad en la parte sustancial. sin embargo el secreto tiene sus costos políticos, por ejemplo, la organización de las conversaciones secretas tienden a ser complejas en términos operativos, se requiere por lo tanto, de medidas logísticas especiales. Además, debido a que las conversaciones secretas involucran necesariamente a un número de personas, en consecuencia excluyen actores importantes de la participación directa, la legitimidad publica y la sostenibilidad de los resultados finales en los casos que estos deben hacerse públicos pueden hacerse vulnerables ante las criticas.

En las negociaciones como estrategia para la transformación de conflictos las partes intevinientes evalúan sus intereses, políticas, la legalidad y estrategias las que hacen que las conversaciones publicas, o resultados públicos sean deseables, inalcanzables o bien ambos casos. en cualquiera de las opciones las conversaciones secretas pueden llevarse a cabo de manera convencional directamente entre las partes, sentadas frente a frente, con o sin participación de un mediador que apoye con su experiencia a la búsqueda de acuerdos, o como alternativas a este escenario, pueden ser conducidos de manera pendular por un tercero interviniente que no representa intereses en el conflicto y que este le da una amplitud de acción para poder platicar, conversar por separado con cada una de las partes en contienda.

En tanto no se afecte el secreto de negociación se debe considerar establecer un marco legal que defina el alcance y las limitaciones del proceso negociador que se ha conducido de forma secreta a diferencia que se hacen otros de forma abierta. en las negociaciones secretas siempre se presentan riesgo imprevisibles y de incertidumbre, por ejemplo que alguna de las partes a pesar del acuerdo de confidencialidad divulgue las reglas de la negociación, lugar adonde se celebraran las negociaciones, el contenido sustantivo de la agenda y el estado situacional del proceso, con el fin de obtener intereses oculto con el riesgo de entorpecer y desvanecer el objetivo estratégico del proceso de negociación en si. El articulo 23 de la constitución de la república, crea la institución de la negociación y que además, el estado para la consecución de sus fines regulados en el articulo 1 de la constitución permite la negociación, puesto que ni la letra y el espíritu de la constitución prohíben las negociaciones secretas pero a su veces la constitución tiene limites constitucionales, legales y de razones de mantenimiento de sistema democrático lo cual nos indica que la esencia de la negociación no esta prohibida en si ni por si, lo que se prohíbe es con los sujetos que se va entablar el procesos de negociación y la naturaleza de la negociación misma, es decir, que existe la libertad para pactar pero hay un limite señalado para ello que emanan del sistema jurídico de forma integral haciendo lo contrario no solo caemos en el campo de la ilegalidad si no que la negociación se vuelve exasperante porque no ofrece la mejor solución.

Dicho lo anterior los negociadores con la modalidad de que se celebre en secreto, deben tener presente en sentido sistemático y concorde del proceso para mantener la vigencia de la estructura, la coordinación de acciones y los fines y objetivos estratégicos del estado, puesto que los funcionarios no pueden atribuirse mas facultades de lo que expresamente lo faculta la constitución. También podemos agregar que un procesos de negociación no puede afectar el régimen político, es decir, la forma de estado y gobierno al pretender modificar las reglas del juego, estas reglas se refieren como se ejerce el poder político y como se distribuye y se controla el mismo. Siendo así las negociaciones se desarrollan en una esfera de influencia reciproca entre las partes intervenientes, si es relevante mencionar