La Asamblea Legislativa podría aprobar en la sesión plenaria de este martes 22 de febrero las reformas a la Ley contra la Usura, que establecen multas que van desde los 300 hasta los 1,200 salarios mínimos, es decir, $438,000.

La Comisión Financiera aprobó el dictamen favorable al nuevo marco regulatorio que enlista las infracciones y las sanciones, aunque algunas ya estaban reguladas.

Las reformas brindan mayores facultades a la Superintendencia del Sistema Financiero (SSF) y a la Defensoría del Consumidor para el control de los acreedores.

Se les faculta a requerir informes, realizar inspecciones y auditorías “sin necesidad de notificación previa con el objeto de verificar que no exista cobro de intereses sobre intereses”. Incluso autoriza que la Defensoría del Consumidor solicite “auxilio de las instituciones encargadas de la fuerza pública”, cuando los acreedores no supervisados busquen diferir, entorpecer o impedir las inspecciones in situ o retiro de documentos materiales o electrónicos.

Se ha prohibido totalmente el cobro de penalidad o cualquier otro cargo análogo que pueda existir con respecto al abono del capital que quieran hacer”. Dania González, diputada de Nuevas Ideas

Aumento de multas.

La ley vigente ya prohíbe el anatocismo, que es el cobro de intereses sobre intereses, que según la Ley de Protección al Consumidor puede sancionarse hasta con 500 salarios mínimos del multa porque es una infracción muy grave.

Con la reforma, dependiendo del tipo de acreedor y el grado de afectación, podría tener una multa de los 300 salarios mínimos hasta los 1,200. Eso significa que la multa máxima podría llegar hasta los $438,000.

Tenemos muy claro que con cada una de estas reformas vamos a ir permitiendo que los salvadoreños tengan una economía estable”. Willian Soriano, diputado de Nuevas Ideas

Establecen infracciones y sus sanciones

La actual Ley contra la Usura no tiene un artículo dedicado a las infracciones. La reforma incorpora uno y establece multas.

1.- Al BCR
Faculta a informar omisiones. Faculta al BCR para que cuando las financieras excluyan información del cálculo de tasas de interés lo informe a la Superintendencia del Sistema Financiero y a la Defensoría del Consumidor.

2.- Interés sobre interés
Deudor podrá reclamar indemnización. La comprobación administrativa del cobro de interés sobre interés dará dere-cho al deudor para reclamar la indemnización que pudiere resultar de los perjuicios ocasionados.

3.- Reglas
Criterios para sanciones. La gravedad de la infracción, capacidad económica del infractor, el grado de intencionalidad, el daño causado, el efecto sobre terceros y la duración del cobro de intereses sobre intereses.

4.- Fiscalización
Defensoría podrá acudir a la fuerza pública. Autoriza a que pida auxilio de instituciones encargadas de la fuerza pública si los acreedores supervisados buscan entorpecer inspecciones o retiro de documentos.

5.- Financieras
Sube multa si no corrige. El infractor que en un plazo de 10 días hábiles no corrija y abone al deudor el cobro de intere-ses indebidos incurrirá en una multa de 8 veces el monto del crédito inicial otorgado.

6.- Cobros
Infracciones expresas. Se cuenta como infracción el cobro o la consignación en contratos de crédito de tasas de interés superiores a la legalmente establecidas y el cobro de intereses sobre intereses.

7.- Registro del BCR
Sanción por no inscribirse. Se sancionará por no inscribirse en el registro de acreedores del Banco Central de Reserva, por proporcionar información errónea, inexacta o de forma extemporánea al registro de acreedores.

8.- Acreedores supervisados
Multas hasta $365,000. Establece multas desde 300 ($109,500) hasta los 1,000 salarios mínimos ($365,000) vigentes, sin perjuicio de las demás sanciones determinadoas en la Ley de Supervisión y Regulación.

9.- Acreedores no supervisados
Multas hasta $182,000. Multas por medio de la Defensoría del Consumidor desde los 100 ($3,650) hasta 500 salarios mínimos vigentes ($182,000), sin perjuicio de las demás sanciones con la Ley de Protección al Consumidor.

10.- Hasta $438,000
Afectación colectiva será agravante. En los casos que se determine una afectación a intereses colectivos o difusos se establecerá una multa desde los 500 hasta los 1,200 salarios mínimos vigentes ($438,000).
90

Días

De plazo tendrá el BCR para adecuar toda su normativa técnica a la reforma.
120

Días

Tendrán los entes obligados para adecuar sus operaciones según la reforma.