La propuesta fue presentada por Guillermo Gallegos y su suplente Ricardo Vásquez, del partido Gran Alianza por la Unidad Nacional (Gana).
La reforma se realizó a la "Ley para devolución o venta en pública subasta de vehículos automotores o piezas automotrices secuestrados o decomisados".
Actualmente, el artículo 5 indica que "transcurrido un año de concluido un procedimiento" de vehículos o piezas no reclamados, luego de embargos o decomisos y al haberse levantado las restricciones legales para su devolución, el juez notificará a los poseedores de buena fe que procedan a retirarlos dentro de 30 días y que, de no hacerlo, se someterá a subasta pública.
La reforma acorta el año a 90 días luego de la conclusión de cada procedimiento y reduce a cinco días el plazo para retirar las unidades.
La ley también reduce de 15 a 5 días hábiles el plazo para que los propietarios o poseedores retiren los vehículos automotores o piezas automotrices contados a partir de su presentación en el tribunal respectivo, aunque estos ya se hayan presentado al lugar.
Así mismo, se reduce el periodo de cinco a tres días –luego del mandamiento de pago emitido por el juez– en que se debe cancelar a los "postores" de la subasta a quienes se les adjudiquen los bienes el 25 % del valor del importe de los bienes y establece tres días adicionales para pagarles el restante 75 %.
El dictamen señala que "la acumulación de automotores y piezas automotrices en estado de abandono y un gran número en deterioro generan contaminación ambiental y favorecen la proliferación de vectores" y "considerables gastos de vigilancia para las instituciones".