Una nueva ley que será aprobada hoy por la Asamblea Legislativa creará el Sistema Estadístico Nacional para integrar “la función estadística estatal” y “asegurar y fortalecer la producción de información estadística” tanto de instituciones públicas que elaboran estadísticas, censos y encuestas, como de municipalidades y entidades privadas que manejen estadísticas.

El artículo 12 establece que, dentro de las atribuciones que tendrá el BCR en su rol como ente rector y coordinador del Sistema Estadístico, está “requerir, integrar y coordinar el acceso a base de datos, información y registros administrativos que poseen las instituciones públicas o privadas, así como a registros y archivos públicos o privados, para su uso en la generación de estadísticas”.

El Sistema estará integrado por el BCR, que ejercerá el rol de coordinador y rector técnico de este; las otras instituciones son los ministerios de Hacienda, Economía, Agricultura, Salud, Medio Ambiente, Gobernación, Turismo, Cultura, Justicia y Seguridad, Trabajo, Vivienda, Defensa, Obras Públicas y Educación.

Para realizar el censo de población y vivienda, el económico y agropecuario, necesitamos la aprobación de este proyecto de ley”.
Douglas Rodríguez, presidente del BCR


También, lo integrarán el Registro Nacional de las Personas Naturales (RNPN), Instituto Salvadoreño para el Desarrollo de la Mujer (Isdemu), Instituto Salvadoreño del Seguro Social (ISSS), municipalidades y otras instituciones públicas que recopilan y generen información estadística.

Así mismo integrarán el Sistema instituciones de educación superior, públicas y privadas acreditadas en el país; y asociaciones sin fines de lucro legalmente constituidas en El Salvador y que tengan dentro de su finalidad la elaboración de estadísticas.

Obligaciones.

Dentro de las obligaciones de estos integrantes del Sistema Estadístico están participar en los planes operativos estadísticos y censales, así como en los programas, a solicitud del BCR.

También, tendrán la obligación de divulgar los datos y los informes estadísticos de interés nacional que produzcan y aquellos que les solicite el BCR.

El BCR, por medio de la Oficina Nacional de Estadísticas y Censos (Onec), realizará los censos de la población, vivienda, económico, agropecuario, encuesta nacional de ingresos y gastos de hogares, y otros censos y encuestas de interés solicitados por el presidente de la República.

Hemos desarrollado una experiencia exitosa en la ejecución de encuestas y de proyectos especiales con cobertura nacional en todo el 2023”.
Edgar Cartagena, gerente del BCR


Con la ley quedará establecido que el período para la realización de los censos de población y vivienda, económico, agropecuario y la encuesta nacional de ingresos y gastos deberá realizarse como máximo cada 10 años.

El nuevo proyecto contiene 63 artículos y el artículo 56 establece que todo personal que se incorpore de manera temporal o permanente para la realización de proyectos especiales, encuestas y censos, estará obligado a guardar estricta confidencialidad sobre la información a la que tenga acceso en razón de sus actividades; y le serán aplicables las disposiciones y sanciones relacionadas al secreto estadístico regulados en la ley y en otras relacionadas a la administración pública.

El decreto, que podría ser aprobado hoy en el pleno, entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.