En la votación se abstuvo Nuestro Tiempo.
La ley establece un mecanismo temporal mediante transferencias de subsidios a los consumidores, a través de empresas envasadoras de GLP que comercializan el producto en cilindros portátiles, para mantener los precios.
La única modificación fue a propuesta del diputado Rodrigo Ayala, de Nuevas Ideas, en el primer artículo referido al objeto de la ley, así:
"El objeto esencial de esta ley es la de crear un mecanismo temporal, conocido como el mecanismo tempura del GLP o el mecanismo, con la finalidad de propiciar en el tiempo la estabilización del precio del gas licuado del petróleo, cuya variabilidad ha sido ocasionada por eventos exógenos", dice.
Agrega que la finalidad del mecanismo es contribuir que variabilidad de los precios internacionales no afecten a los consumidores.
"Por su naturaleza este mecanismo tendrá un patrimonio independiente y el destino de este es para que, a través de su administrador, se cumpla con el objetivo de su creación durante su vigencia y sujeto a la disponibilidad de los recursos", establece la ley.
El administrador es el Ministerio de Hacienda.
"Con la aprobación de esta ley, como Asamblea Legislativa demostramos que estamos trabajando siempre por el bienestar de nuestro querido pueblo salvadoreño", dijo la diputada Maricela de Guardado.