La nueva ley elimina las sociedades mercantiles y las sociedades mixtas de los sujetos obligados a reportar transacciones sospechosas. Así mismo, permite que los sujetos obligados realicen una “debida diligencia simplificada”, además de la estándar y otra “intensificada”. El ministro de Seguridad, Gustavo Villatoro, y el fiscal general, Rodolfo Delgado, explicaron, cuando llegaron a la Comisión de Seguridad de la Asamblea Legislativa, que buscaban mayor “inclusión financiera” con la normativa.
La ley crearía infracciones como no aplicar medidas de debida diligencia a clientes, omitir reportes de operaciones sospechosas, no congelar fondos a grupos designados. Las sanciones serían hasta 2 % de patrimonio por infracciones muy graves y hasta 200 salarios mínimos mensuales a otras jefaturas o empleados; y 1 % por infracciones graves.