“Sobre todo ingreso generado por las tasas establecidas en la presente ordenanza, con destino el Fondo Municipal, los contribuyentes aportarán el 5 % que se utilizará para las festividades locales, cívicas y nacionales”, indicó.
La reforma derogó las disposiciones que se basaban en el artículo 34 de la ordenanza, que establecía un cobro del 10 % para las festividades locales, cívicas y nacionales.
“Siguiendo la directriz emanada por el presidente Nayib Bukele, relativa a las medidas de alivio económico, considera oportuno continuar mejorando la situación económica de aquellas familias de escasos recursos, pequeñas y medianas empresas de este municipio, considera oportuno y alta necesidad normalizar y ajustar la ordenanza”.
Concejo de Santa Ana Este.
La Ley de tarifa general de arbitrios de Coatepeque de 1987 estableció un cobro del 5 % sobre todo ingreso con destino al Fondo Municipal proveniente de tasas o derechos por servicios de oficina, impuestos y contribuciones municipales pagados por los contribuyentes, para la celebración de ferias o fiestas patronales, cívicas o nacionales. En 2010, el cobro aumentó al 10 % con la vigencia de la “Ordenanza reguladora de tasas por servicios municipales de Coatepeque”.
Sin embargo, una sentencia del Juzgado Contencioso Administrativo, emitida el 19 de septiembre de 2024, dictó que la alcaldía de Coatepeque debía determinar el porcentaje legal regulado en la Ley de Tarifa General de Arbitrios, es decir, 5 %.
La reforma fue aprobada el 17 de marzo de 2025 y publicada en el Diario Oficial del 3 de abril de 2025. Según el decreto, “será de aplicación inmediata”. Fue firmada por la alcaldesa, Cecy Carolina Elías Escobar, y el secretario municipal, César Antonio Toledo Vargas.