El jefe de la diplomacia estadounidense para Latinoamérica, Brian Nichols, consideró “bienvenida” la decisión de El Salvador de eliminar las restricciones adicionada al Código Penal e incluidas en la Ley de Proscripción de Maras, Pandillas, Agrupaciones, Asociaciones y Organizaciones de Naturaleza Criminal, que ordenaba sanciones penales contra periodistas que reprodujeran contenido o mensajes generados por éstos, y que fueran parte de sus publicaciones en medios de comunicación.

“Damos la bienvenida a que El Salvador revise la ley de emergencia para eliminar las restricciones a los medios que informan sobre mensajes generados por pandillas, especialmente porque honramos el valiente y necesario trabajo de los periodistas en #IDEI2023 . Apoyamos a los periodistas que cubren los temas más difíciles para informar al público”, escribió Nichols en su cuenta de X, antes Twitter.
Los diputados en su mayoría oficialista en la Asamblea Legislativa votaron a favor de derogar y reformar esta disposición en la ley y también retiraron el segundo inciso del artículo 345-C del Código Penal, que sustentaba las sanciones penales que habían sido aprobadas en abril de 2022, a pedido del presidente Nayib Bukele días después de que se aprobara un régimen de excepción para combatir a las pandillas.

Esa ley establecía una pena de 10 a 15 años de prisión "a quienes por medio de uso de las tecnologías de la comunicación y la información, medios de comunicación radial, televisivo, escrito o digitales, reproduzcan y transmitan mensajes o comunicados" de las pandillas.

Los legisladores también derogaron otra norma en el Código Penal que prohibía a los medios de comunicación la "reproducción y transmisión a la población en general de mensajes" de esos grupos criminales.

En igual sanción –10 a 15 años de prisión– incurrirán quienes por el uso de las Tecnologías de la Comunicación y la Información, medios de comunicación radial, televisivo, escrito o digitales, reproduzcan y transmitan mensajes o comunicados originados o presuntamente originados por dichos grupos delincuenciales, que pudieren generar zozobra y pánico a la población en general".
Inciso segundo derogado ayer del artículo 345-C del Código Penal.