El presidente de la República, Nayib Bukele, devolvió con observaciones las reformas a la “Ley de Fomento e Incentivos para la Importación y uso de Medios de Transporte Eléctricos e Híbridos”, también la “Ley Especial para la Reforestación, Forestación, Conservación y Restauración de la Zona Turística de Interés Nacional Ruta de Las Flores”, las reformas a la “Ley de Notariado” y las reforma a la “Ley Reguladora del Depósito, Transporte y Distribución de Productos de Petróleo”.

En las cuatro leyes Bukele pidió a los diputados considerar las observaciones que realizó a las normativas que el pleno había aprobado con anterioridad, algunas de las observaciones fueron a errores en nombres e imprecisiones en la redacción.

En cuanto a las reformas para la Ley de vehículos eléctricos, el mandatario pidió “mejorar la redacción de ciertas disposiciones” que contiene la normativa y señala que los legisladores omitieron incluir los “vehículos híbridos” en la infraestructura para la recarga y se señalan errores como que en el artículo 6 se cita el artículo 13 cuando en realidad el artículo a citar era el 14.



El mandatario también indicó que se debe incluir a los vehículos híbridos para las estaciones de recarga de vehículos eléctricos en corriente y también en la importación de las estaciones de recarga.

Además, se solicita a petición del Ministerio de Obras Públicas y Transporte (MOPT) que se incluya que la recarga de vehículos eléctricos en el sector público y privado sea “tanto en carga media como en carga rápida”, para que pueda “llevar a cabo sus competencias correctamente”.

De acuerdo al documento enviado por Presidencia, la Superintendencia General de Electricidad y Telecomunicaciones (SIGET) sugirió que se cambie en la ley la palabra “comercializador” por “prestador de servicios de carga”.

En el documento también se pide que se deje por escrito en la ley que el Viceministerio de Transporte (VMT) será la institución encargada de autorizar los talleres que realizarán “la revisión y certificación” de los vehículos.

Ley de reforestación

Bukele realizó observaciones porque considera que tiene “ciertas imprecisiones en la técnica adoptada” que podrían generar “incertidumbre jurídica” en su aplicación.

El mandatario indicó que la ley no define “con precisión el área que comprende dicha ruta turística”, por lo que, pide delimitar territorialmente la zona que comprende la aplicación de la ley.

Además, asegura que la facultad de para la restauración de ecosistemas forestales es única y exclusivamente de la Dirección General de Ordenamiento Forestal, Cuencas y Riego del Ministerio de Agricultura y Ganadería del Ministerio de Medio Ambiente, por lo que, pide que se deje establecido que deberá desarrollar dichas actividades en la aplicación de la ley.

El presidente también pide que la ley establezca quién creará y administrará los viveros para reforestar la Ruta de las Flores, cuántos viveros se crearán y dónde estarán ubicados y pide que se especifique quiénes serán los entes encargados de proveer las especies florales para dichos viveros.

El documento presentado a la Asamblea también señala que se debe cambiar el “podrá” por “deberá” en las actividades obligatorias de las instituciones estatales que participen en la ejecución de esa ley y señala que hay nombres incorrectos en los nombres científicos de las especies de árboles y plantas.

Ley de notariado

En cuanto a la Ley de notariado, el presidente Bukele solicita que el artículo 49-A establezca “los elementos esenciales o configuradores del arancel” impuesto y los sujetos pasivos de los servicios por lo que se pagan aranceles y pide, que esos cobros de aranceles ingresen directamente al Fondo General de la Nación y no a una “cuenta especial” como lo indicaba el proyecto aprobado por la Asamblea.

Ley de Productos de Petróleo

El mandatario corrigió que en un considerando de la ley se establece que la Dirección General de Energía, Hidrocarburos y Minas es una dependencia del Ministerio de Economía, sin embargo, “esta es una institución autónoma que no depende de ninguna Secretaría del Estado”.

Por lo que pide que en la ley se faculte directamente a la Dirección para vigilar la práctica de los actores de la cadena de comercialización de gas licuado de petróleo y sugiere que “elimine las menciones al Ministerio de Economía como ente regulador”.