El equipo ad hoc para el estudio y propuesta de un proyecto de reformas constitucionales en El Salvador aseveró que los colegios profesionales controlarían a sus agremiados, si la Asamblea Legislativa aprueba la propuesta.

La reforma permitiría que por cada carrera profesional se establezca un colegio lleve un registro de autorización de profesionales que sean calificados como aptos o no para ejercer su profesión.

José Mauricio Rodríguez, miembro del equipo ad hoc, explicó, en un conversatorio en el Instituto Especializado de Profesionales de la Salud (Ieproes), que con esta reforma los colegios controlarían a sus agremiados. “Hoy los colegios sí van a tener la función específica de autorizarlos, de controlarlos a sus gremios, a sus agremiados”, expresó.

De acuerdo a Adolfo Muñoz, secretario del equipo ad hoc, los colegios profesionales entidades delegadas directos del Estado para tratar las situaciones que involucran a cada profeción. Explicó que, con las reformas, se daría el carácter de “interés social” a las carreras universitarias.

Hoy los colegios (profesionales) sí van a tener la función especifica de autorizarlos, de controlarlos a sus gremios, a sus agremiados”. José Rodríguez, miembro equipo ad hoc de reforma a la Constitución

Financiamiento.

Durante el conversatorio el equipo ad hoc fue cuestionado por los asistentes sobre el financiamiento de los colegios. Muñoz explicó que la reforma proporciona lineamientos generales y que cada ley que emita la Asamblea Legislativa regulará los colegios. Una forma, dijo, podría ser que cada colegio elabore su presupuesto y que Ministerio de Hacienda asigne fondos.

Si bien esto podría crear una sobrecarga presupuestaria para el Estado, dijo, es mayor el beneficio pues se tendría “bienestar social”, indicó.

Libre asociación.

El actual artículo 7 de la Constitución de la República otorga a los salvadoreños el derecho a asociarse libremente y el derecho a no ser obligado a pertenecer a una asociación.

Con la colegiación obligatoria, este derecho sería restringido mediante una excepción de la libre asociación para las carreras universitarias.

El secretario Muñoz aseguró que esto no riñe con el derecho de libre asociación porque en la Carta Magna salvadoreña no hay derechos absolutos y todos pueden ser restringidos.

La presidenta de la Asociación de Periodistas de El Salvador (APES), Angélica Cárcamo, recordó que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ya resolvió que la colegiación obligatoria vulnera el principio de libertade de asociación y en el caso de los periodistas, la libertad de expresión. “No nos pueden obligar a asociarnos, es un derecho hacerlo o no”, dijo en agosto pasado.

Como delegados directos del Estado para regular las situaciones que atañen a cada una de las profesiones del país, tendrán un carácter público”. Adolfo Muñoz, secretario, equipo ad hoc de reforma a la Constitución

Constitución: proyecto de reformas

El proyecto de reformas fue presentado al presidente Nayib Bukele el 15 de septiembre de 2021.
En la propuesta se sugieren 216 modificaciones de los 274 artículos que contiene la Constitución.

1.- Derecho de asociación
El actual artículo 7 dice que los salvadoreños pueden asociarse libremente sin ser obligados a pertenecer a asociación.

2.- Excepción
La propuesta de artículo 7 exceptúa de no ser obligado a asociarse a los profesionales universitarios, ya que estarían obligados a colegiarse.

3.- Interés social
El equipo sugiere que el ejercicio de las profesiones universitarias sea declarado como interés social y que para ejercer deberán ser autorizados.

4.- Junta de colegios
En el artículo 62 se establece que se elegirá la junta de cada colegio por voto libre, directo, igualitario y secreto de los miembros registrados.