Los comedores, chalets, pupuserías y tiendas en San Salvador Sur no podrán vender más de tres bebidas alcohólicas por persona para consumo en el lugar, según consta en la "Ordenanza Reguladora de Venta, Distribución, Comercialización y Consumo de bebidas alcohólicas y cervezas del municipio de San Salvador Sur, departamento de San Salvador" que entró en vigencia el 26 de noviembre.

La nueva ordenanza también indica que estos negocios podrán comercializar las bebidas alcohólicas desde las 11:00 de la mañana hasta las 10:00 de la noche, de lunes a domingo.

La normativa busca unificar tasas en los cinco distritos que conforman en nuevo municipio: Panchimalco, Rosario de Mora, San Marcos, Santo Tomás y Santiago Texacuangos.

Para los restaurantes, bares, discotecas, cervecerías, expendios de agua ardiente, centros de tolerancia y casas de juegos no se establece un límite de bebidas alcohólicas que pueden vender por persona para consumo en el lugar, pero sí indica que el horario de atención será desde su hora de inicio hasta las 2:00 de la madrugada.

La nueva ordenanza establece horarios permitidos para la comercialización de bebidas alcohólicas.
La nueva ordenanza establece horarios permitidos para la comercialización de bebidas alcohólicas.

¿Cuánto cuesta un permiso?

La nueva normativa aprobada el 18 de noviembre y publicada ese mismo día en el Diario Oficial establece que el costo generalizado de la licencia anual para la comercialización de bebidas embriagantes será de $365, es decir, de un salario mínimo del sector comercio y servicios.

Sin embargo, la alcaldía decidió segmentar el pago, permitiendo que negocios con activos menores a $1,000 paguen solo $120 por la licencia anual a través de 12 cuotas mensuales en el mismo período que dure la licencia. Mientras que, los comerciantes que prefieran licencias diarias tendrán que pagar $3 cada día y se consideran "licencias temporales".

La ordenanza obliga a propietarios, usuarios, arrendatarios o administradores de ventas, distribuidoras y comercializadoras de "cualquier tipo de bebida alcohólica" a que traten el permiso correspondiente, el cual será tramitado ante el Departamento de Registro y Control Tributario. La renovación de permisos se debe tramitarse durante los primeros 15 días de enero de cada año sin importar la fecha de vencimiento del mismo.

Los requisitos para tramitar el permiso son:

  • Inscribirse como contribuyentes en la Administración Tributaria Municipal.
  • Presentar el formulario y documentación completa.
  • Estar ubicado a más de 200 metros de iglesias, colegios, escuelas, espacios públicos y zonas verdes.
  • Contar con los permisos correspondientes.
  • Contar con la inspección y dictamen favorable del Registro y Control Tributario.

Serán multados por no tener permiso

Los establecimientos que comercialicen bebidas alcohólicas sin el permiso de la alcaldía serán multados con una sanción de $365 y estará "en la obligación de iniciar el procedimiento administrativo para la obtención de la referida licencia" y en caso de no iniciar el proceso en los próximos 60 días, se le impondrá otra multa de $365.

Los sujetos obligados recibirán una multa de tres salarios mínimos, es decir, $1,095 por vender bebidas alcohólicas a menores o estudiantes uniformados; vender en horarios diferentes a los autorizados y por permitir la portación de armas de fuego. Estas también son causales para que el permiso sea revocado.

El decreto de la ordenanza destaca que "quedan derogadas todas las ordenanzas, instructivos, circulares o formularios que regulen" esta actividad en los ahora distritos que componen San Sal Salvador Sur.