Con votos de Arena y FMLN, la Asamblea Legislativa aprobó una ley de retiro voluntario que aplicará a unos 5,000 empleados que ya realizaron su trámite de jubilación y aún trabajan en un ministerio del Órgano Ejecutivo, institución autónoma o descentralizada.

Los trabajadores que interpongan su renuncia recibirán un salario por mes trabajado hasta un máximo de $25,000 exento del Impuesto sobre la Renta e inembargable. La institución deberá pagar las indemnizaciones en dos cuotas entre las cuales no habrá más de 30 días.

El decreto recibió 75 votos: 8 de Arena, 2 del FMLN, 4 de Gana, 56 de Nuevas Ideas, 2 del PCN, 1 del PDC y 2 sin grupo parlamentario. Dos diputados del FMLN y 1 de Nuestro Tiempo se abstuvieron.

El diputado Edgardo Mulato, de Nuevas Ideas, felicitó a trabajadores de la Administración Nacional de Acueductos y Alcantarillados (Anda), que estuvieron en la calles "cambiando tuberías", así como a médicos, enfermeros, "que ya cumplieron una edad de jubilación y de pensión". El legislador aclaró que el decreto aplica tanto a pensionados como a jubilados, ya que los primeros, dijo, son las personas que tienen tienen la edad pero no el tiempo de jubilación.

Es una buena noticia que le tenemos a todos estos trabajadores públicos que ya dieron su vida, que han brindado esos años de trabajo para poder lograr retirarse a sus casas y poder gozar de su vejez y que puedan también gozar de ese servicio que ya le dieron a nuestro país.
Edgardo Mulato, diputado de Nuevas Ideas.

Las personas que se acojan al decreto, si lo hacen después de agosto, obviamente la compensación viene hasta el siguiente año. No hay una fecha que diga que el primer desembolso tiene que ser en un plazo tal. Habla del segundo desembolso y ese es otro cuestionamiento que hacen algunos trabajadores.
Anabel Belloso, diputada del FMLN.


El decreto aplicaría a cualquiera de los ministerios del Ejecutivo, incluidos docentes y empleados de hospitales, así como autónomas no financieras como el recién creado Instituto Salvadoreño de Pensiones (ISP), que sustituyó al ya disuelto Instituto Nacional de Pensiones de Empleados Públicos (INPEP); la Academia Nacional de Seguridad Pública (ANSP), adscrita al Ministerio de Justicia y Seguridad Pública; el Centro Nacional de Registros (CNR); la Dirección General de Centros Penales (DGCP). También, aplicaría a instituciones descentralizadas no empresariales, como Registro Nacional de las Personas Naturales (RNPN), Universidad de El Salvador (UES), entre otras.

El decreto no aplica a entidades como el Banco de Fomento Agropecuario (BFA), Fondo Social para la Vivienda (FSV), Banco de Desarrollo Salvadoreño (Bandesal), Superintendencia del Sistema Financiero (SSF).

El empleado deberá presentar su renuncia según formalidades señaladas en el artículo 30-A de la Ley de Servicio Civil, que señala que la renuncia deberá estar acompañada de copia de DUI y se hará en hojas de Inspección de Trabajo o autenticadas “a más tardar el último día hábil del mes de agosto de cada año”, ya que las renuncias después de agosto harían efecto el siguiente ejercicio fiscal.

El Ministerio de Hacienda indica que las compensaciones serán financiadas de la mismas plazas que sean suprimidas. Las autónomas financiarán las indemnizaciones de sus empleados que apliquen.

Las plazas que queden vacantes podrían congelarse pero, si lo autoriza el Ministerio de Hacienda, también podrían utilizarse.

¿Quiénes votaron por la ley del retiro voluntario?: Nuevas Ideas y sus aliados, así como algunos diputados de Arena y FMLN. La mitad del FMLN y un diputado de Nuestro Tiempo se abstuvieron.
¿Quiénes votaron por la ley del retiro voluntario?: Nuevas Ideas y sus aliados, así como algunos diputados de Arena y FMLN. La mitad del FMLN y un diputado de Nuestro Tiempo se abstuvieron.