La ley, que derogó la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública (LACAP), regula la selección del contratista por el Estado mediante licitación, comparación de precios, contratación directa, además de siete formas diferentes para poder contratar consultores.
La nueva Ley de Compras Públicas suprime la garantía de mantenimiento de ofertas que se exige a los ofertantes.
En la aprobación de la nueva normativa, fue aprobada una modificación con 66 votos para agregar, en la prohibición a servidores públicos de ser ofertantes “en la misma institución”, a personas jurídicas en las que estos servidores formen parte.
El diputado Rodrigo Ávila había cuestionado en la Comisión de Obras Públicas que dicho artículo 25 hacía la prohibición de realizar ofertas “en la misma institución” en donde labora el servidor público, por lo que había solicitado ampliar dicha prohibición a toda institución pública. La sugerencia tampoco fue retomada en sesión plenaria de este miércoles.
Nueva Dirección.
Poco después de la aprobación de la normativa, Nuevas Ideas pidió aprobar la “Ley de creación de la Dirección Nacional de Compras Públicas” (DINAC) con dispensa de trámites. La dispensa de trámites se aprobó con 59 votos.La DINAC, actualmente la Unidad Normativa de Adquisiciones y Contrataciones (UNAC) del Ministerio de Hacienda, será el “ente rector en contratación pública a nivel nacional” y será una institución descentralizada con autonomía administrativa y presupuestaria, planificará, vigilará, supervisará y controlará todo lo relacionado a las compras públicas.
La DINAC podrá “suspender de oficio o a petición cualquier proceso de selección de contratista” si hay una observación por el Observatorio de Compras Públicas (OCP) de la DINAC hasta que dicha observación sea superada.
La DINAC también emitirá lineamientos que deberán seguir las instituciones para contratar obras, bienes, servicios y consutorías según la Ley de Compras.