El director de Litigio Estratégico de Cristosal, Abraham Ábrego, pidió este miércoles al Tribunal Supremo Electoral (TSE) cumplir la ley ante la inminente solicitud de inscripción del actual presidente Nayib Bukele como candidato a Presidente de la República.

“La reelección inmediata está expresamente prohibida por seis artículos constitucionales, así como el espíritu de la Constitución de 1983 que estableció un período presidencial de cinco años sin posibilidad de reelección inmediata, debido a las experiencias dictatoriales y de abuso de poder de los presidentes de turno y hace un llamado al TSE a respetar la ley”.

Abraham Ábrego,
director de Litigio Estratégico de Cristosal


Un día antes, el presidente de la Asamblea Legislativa, Ernesto Castro, defendió la candidatura de Bukele y la admisión de la inscripción que haga el Tribunal con el argumento que “ya hay un fallo” de la Sala y que el TSE debe resolver basándose en ese fallo de la Sala.

El 3 de septiembre de 2021 la Sala de lo Constitucional electa luego de la destitución de sus antecesora dijo que la reelección presidencial es permitida.

Ábrego dijo que lo que prima es la Constitución y le recomendó al presidente de la Asamblea que adviertan a los magistrados del TSE que deben cumplir la ley.

“El Tribunal no está obligado a cumplir ese fallo de la Sala, al contrario, está obligado el Tribunal a cumplir los precedentes anteriores y la Constitución, de tal manera que el presidente de la Asamblea, más bien, debería llamar la atención al Tribunal de que podría ser sujeto de delitos si no cumple con esos precedentes y con la Constitución; porque no es un tema de duda, los artículos están muy claros”, advierte Ábrego.

Añadió que, si los magistrados admiten la inscripción, están cometiendo actos arbitrarios y caerían en prevaricato por “resoluciones manifiestamente ilegales, que pueden evidenciar algún interés”.

Argumentos constitucionales

Jonatan Sisco, abogado de Cristosal, recalcó los seis artículos de la Constitución de la República que prohíben la reelección presidencial inmediata.

“El artículo es de los más precisos y dice “El periodo presidencial será de cinco años y comenzará y terminará el día primero de junio, sin que la persona que haya ejercido la Presidencia pueda continuar en sus funciones ni un día más, la reelección está prohibida en todo momento y se prohíbe incluso que los ciudadanos firmen actas o proclamar para promover la reelección”, dijo.

El abogado agregó que el artículo 152 de la Constitución rige que “no podrán ser candidatos a la presidencia de la República el que haya desempeñado la presidencia de la República por más de seis meses, consecutivos, durante el período inmediato anterior o dentro de los últimos seis meses anteriores al inicio del período presidencial, y que “el presidente actualmente se encuentra en ese caso, no se puede inscribir como candidato”.

Para Cristosal, el TSE deberá “descalificar“ a las personas que se encuentren dentro del artículo 152 y la Asamblea Legislativa, si se da una reelección, “en estas prohibiciones estaría obligada a desconocer al presidente que permanezca en su cargo”.

El director de Litigio de Estratégico de la fundación explicó que esta práctica dictatorial la han visto “también en Perú con Fujimori, en Nicaragua con Ortega, Maduro en Venezuela entre otros, son gobiernos o personajes que a pesar que la Constitución prohíbe su reelección no la han respetado y/o la han modificado y esta práctica que hemos visto en América Latina y que ahora estamos viendo en El Salvador, no han respetado los derechos humanos”.

La fundación enfatizó que la alternancia en el poder es esencial para proteger la democracia y garantizar el pleno respeto de los derechos humanos, así como la rendición de cuentas.

Se espera que Bukele llegue hoy o mañana al Tribunal Supremo Electoral para solicitar su inscripción como candidato presidencial para el período 2024-2029.