La ley de presupuesto tiene 24 artículos. Esta es una síntesis de las medidas de austeridad que impone para el presente año.
Restricciones relacionadas a salarios o prestaciones, plazas a empleados públicos:
- Se suspenden los incrementos y nivelaciones salariales a funcionarios y empleados.
- Se prohíbe crear nuevas plazas en todas las entidades, municipalidades, autónomas y descentralizadas. Excepciones: de fuerza mayor y autorizados por Hacienda.
- El escalafón salarial de Salud se otorgará únicamente a funcionarios y empleados con salarios sean menores a $1,500 mensuales y no podrá exceder al techo máximo.
- Las plazas vacantes “únicamente podrán utilizarse con autorización previa del Ministerio de Hacienda” y plazas cuyo reemplazo sea “imprescible e impostergable”.
- Se suspenden nuevas prestaciones o beneficios económicos, o sus incrementos, a empleados: incluso contratos colectivos.
- No se podrá negociar contratos colectivos o prorrogar que contengan cláusulas con “ajustes o incrementos salariales, primas especiales, bonificaciones, contribución económica, retribuciones u otro tipo de remuneraciones adicionales”.
- Antes de suscribir los contratos colectivos, los titulares deberán garantizar su financiamiento institucional.
- Todos los compromisos que adquieran los funcionarios deberán ser “cubiertos a cargo a sus propias asignaciones presupuestarias”.
Pensión mínima:
El monto de la pensión mínima por vejez, invalidez y sobrevivencia será de $304.17 mensuales y la pensión mínima de invalidez y sobrevivencia será $212.92.
Deuda flotante:
La deuda flotante que podrá emitir Hacienda para deficiencias temporales de caja no deberá exceder en 20 %.
Suspensión de algunos pagos del Estado:
El Estado puede suspender sus aportes según las leyes de Caja Mutual de los Empleados del Ministerio de Educación y Régimen de Previsión y Seguridad Social del Abogado.
No tendrán derecho a cobrar seguro de vida otorgado a través de Hacienda los beneficiarios de empleados públicos fallecidos.
Suspensión de pagos a organizaciones relacionadas a partidos:
Se prohíbe destinar fondos públicos a asociaciones no relacionadas a fines del Estado, que tengan vínculos a partidos políticos o grupos afines, funcionarios o sus parientes.
Además de las medidas de austeridad, la ley de presupuesto incluye otras medidas que les permite a las instituciones del Estado disponer de "excesos" presupuestarios que se den a lo largo del año 2025, y otras disposiciones que no necesariamente están relacionadas a la austeridad estatal.
Otras disposiciones no relacionadas a la austeridad
Modificaciones con excesos presupuestarios:Hacienda podrá autorizar modificaciones con montos “en exceso” de ingresos propios o nuevos.
Ciertas instituciones como el ISSS, CNR, CEL, CEPA o ANDA podrán “ampliar sus asignaciones presupuestarias votadas” con “los montos que se perciban en exceso”.
Restricción parcial para Ley Crecer Juntos:
No se podrán utilizar fondos asignados a la Ley Crecer Juntos para la Protección Integral de la Primera Infancia, Niñez y Adolescencia, y Ley de Desarrollo y Protección Social, a fines distintos. Pero Hacienda podrá autorizar “reorientaciones”, “una vez las instituciones certifiquen que se ha cumplido las metas y objetivos” (artículo 19).
Destinos de fondos al OIE:
Los recursos para el Organismo de Inteligencia del Estado se usarán en “inteligencia, contrainteligencia, defensa nacional”, Estado Mayor Presidencial, inteligencia para “prevenir riesgo de toda índole”, “inclusive el crimen organizado y terrorismo”, defensa de soberanía, seguridad o protocolo en actividades dentro o fuera del territorio nacional donde participe el Presidente.
Exención fiscal a bonos para policías y soldados:
Exención de la retención y de Impuesto sobre la Renta el pago de $200 mensuales y bono trimestral para personal de la Fuerza Armada y de Seguridad.