La infracción de "conducirse más de dos personas en una motocicleta" fue eliminada de la reforma a la Ley de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial aprobada por la Asamblea Legislativa el 25 de enero de 2023 y que aún no ha sido enviada por la Presidencia de la República para su publicación en el Diario Oficial y posterior vigencia.

Sin embargo, el viceministro de Transporte, Nelson Reyes, aseguró que no es posible que se conduzcan tres personas en una motocicleta.

La reforma creó 23 nuevas infracciones y eliminó cuatro. Modificó la gravedad de otras y aumentó todas las multas sin excepción.

¿Cuáles infracciones eliminó la reforma de la ley de tránsito en El Salvador?

1. Circular vehículos de tracción humana o animal, con ruedas metálicas por carreteras pavimentadas; así como conducirse por vías urbanas de gran circulación con tractores agrícolas, vehículos para construcción y montacargas.

2. Permitir el conductor de motocicleta, que su acompañante viaje sin el casco protector.

3. Conducirse más de dos personas en una motocicleta.

4. No portar el documento que haga constar que se ha efectuado la revisión técnica vehicular que era grave.


Cinturón de seguridad sí será obligatorio

Aunque en el proyecto no estaba la obligación de ponerse cinturón de seguridad para acompañante del conductor, al final fue incluido. La solicitud presentada el 17 de enero de 2023 no incluyó la infracción de “Permitir el conductor de un vehículo automotor que su acompañante en el asiento delantero, viaje sin utilizar el cinturón de seguridad” y tampoco se mencionó en la lectura del proyecto de reforma en la sesión de la Comisión de Obras Públicas del 23 de enero; pero fue incorporada dentro del dictamen aprobado y publicado el 25 de enero por la Asamblea Legislativa.

Tome en cuenta: algunas modificaciones
  • En las infracciones leves, que tendrán multa de $50, se quitó la falta de “Circular con vehículos no matriculados” pero se agregó una de “Circular con vehículos fuera del sistema del Registro Público de Vehículos por falta de refrenda” y en infracciones graves “Circular con vehículos no inscritos en el Registro Público de Vehículos”.
  • La falta grave de “No atender la indicación de parada del Agente de la Policía Nacional Civil” se modificó por “No atender la indicación realizada por la autoridad que se encuentre gestionando el tráfico en las vías”.
  • A la falta grave de “Estacionarse en curvas y trechos angostos” le agregaron también en redondeles.
  • A la infracción de “Carecer de espejo retrovisor y espejo lateral izquierdo”, se le añadió el espejo lateral derecho.
La reformas entrarán en vigencia al cumplirse los ocho días después de su publicación en el Diario Oficial. El portal web de la Imprenta Nacional tiene la última edición disponible del 24 de enero de 2023.