La Fundación de Estudios para la Aplicación del Derecho (Fespad) pidió este viernes reformar la Ley de la Carrera Judicial para crear causales de destitución a magistrados de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ).

Las reformas consisten en que las causales de remoción establecidas en el artículo 55 de la ley sean aplicables a magistrados de la CSJ.

Las causales son:
  • Haber sido suspendido dentro de un período de 2 años por más de dos veces;
  • Ineptitud o ineficiencia manifiestas en el desempeño del cargo;
  • Abuso de autoridad, atribuyéndose funciones que la ley no le confiere;
  • Inasistencia a sus labores por más de 8 días consecutivos sin causa justificada;
  • Haber sido condenado por delito;
  • Propiciar, auspiciar, organizar o dirigir huelgas, paros o abandonos colectivos de trabajo;
  • Ejercer el cargo no obstante carecer de los requisitos legales para su desempeño;
  • Solicitar o recibir dádivas, promesas o favores de los interesados en los procesos, ya sea en forma directa o por interpósita persona;
  • Asesorar en asuntos judiciales;
  • Hacer constar en diligencias judiciales hechos que no sucedieron o dejar de relacionar los que sucedieren.
Asimismo, pidieron agregar al articulado causales de remoción por ejercer el cargo sin cumplir el proceso de selección establecido en la Constitución y en la Ley del Consejo Nacional de la Judicatura.

También, solicitan que se incorpore la causal "prevalecerse del cargo para favorecer a familiares o amigos en licitaciones o empleos públicos" o que el comportamiento público o privado afecte gravemente su independencia e imparcialidad.

Asimismo, según la propuesta, el proceso de destitución de los magistrados de la CSJ podría iniciar por denuncia fundamentada o de oficio por el Fiscal General de la República de acuerdo a lo que establece el Reglamento Interior de la Asamblea Legislativa.

Héctor Carrillo, director del programa de Justicia de Fespad, dijo que estas reformas buscan que se proteja la institucionalidad del Órgano Judicial y se certeza jurídica a los magistrados.

Carillo reiteró que todo funcionario debe estar sujeto a la evaluación por parte de las instancias contraloras del Ejercicio del poder, pero que se siga el debido proceso.

No se siguió un procedimiento el 1 de mayo de 2020 para poder destituir a los magistrados y magistradas, entonces, dar respuesta a eso, pasa por dotar a la institucionalidad por mecanismos adecuados, para que no sea cuestionada posteriormente cuando se tenga que tomar posiciones cómo estas y no dejar desprotegidos los derechos de la ciudadanía".

Héctor Carrillo, director del programa de Justicia de Fespad.

Pide crear capítulo en reglamento interior

Fespad solicitó crear un capítulo completo en el Reglamento Interior del Órgano Legislativo para regular la destitución de magistrados y magistradas de la CSJ.

Según la organización, cualquier ciudadano a título personal o en representación de una organización no gubernamental que conozca sobre una causal para remover a los magistrados debería poder interponer la denuncia ante la Fiscalía.

Además, la Fiscalía quedaría facultada a iniciar de oficio la destitución al tener conocimiento de que hay causales para remover un magistrado; y estará obligada a promover el proceso ante la Asamblea Legislativa cuando se fundamente la denuncia.

Fespad sugiere crear un plazo de 15 días para discutir la admisibilidad o no de la petición. La Asamblea podría admitir o archivarla según esté sustentada o no la petición de la Fiscalía.

Para admitir la petición de destitución, será necesario que dos tercios de los diputados electos y, si no tiene los votos necesarios, la petición se enviará al archivo.

La propuesta indica que se nombre una comisión especial, fiscal y defensa, las audiencias sean públicas excepto la relacionada con el derecho de intimidad del denunciado.