Este jueves inicia la vigencia de la reforma a la Ley de la Carrera Militar que crea altos nuevos rangos como Almirante en la Marina Nacional, General de Aire en la Fuerza Aérea y General de Ejército en la Fuerza Armada de El Salvador.
Las reformas fueron aprobadas con observaciones del presidente Nayib Bukele el 22 de octubre de 2025 y fueron publicadas en el Diario Oficial del 28 de octubre. La única observación realizada por el mandatario fue dar un plazo de 30 días para el inicio de su vigencia.
Con la reforma, en la categoría de oficiales generales, se incorporan los nuevos grados de: General de Ejército para la Fuerza Armada, General del Aire en la Fuerza Aérea y Almirante en la Marina Nacional. El actual ministro de la Defensa, René Merino Monroy, es vicealmirante.
En esta categoría de oficiales generales, la reforma incorpora el grado de "brigadier" para el Ejército y Fuerza Aérea, y de comodoro en la Marina Nacional.
En la categoría de suboficiales, se incluyen los grados de "sargento mayor de división", "sargento mayor de aviación" y "maestre de flota".
Y en la categoría “tropa” se incluye "dragoneante" en el Ejército y en Fuerza Aérea, equivalentes al actual "timonel" de la Marina Nacional.
En los ascensos de los oficiales generales, se modifica el tiempo de servicio requerido para los ascensos, así: coronel, pasaría de 6 a 10 años; teniente coronel, de 6 a 7; mayor, se mantiene en 7; capitán, de 6 a 5 años; teniente, de 6 a 4; y subteniente de 5 a 3 años.
La reforma modificó los tiempos de servicio en los distintos cargos necesarios para que sean transferidos de oficio de la situación activa a la situación de reserva:
- Subteniente: se redujo de 35 años a 31 años.
- Teniente: se pasa de 40 años a 37 años.
- Capitán: de extiende de 44 a 45 años
- Mayor: se pasa de 50 años a 53 años.
- Teniente Coronel: se pasó de 53 años a 62 años.
- Coronel: se pasó de 55 años a 68 años.
- General de Brigada: de 60 años a 70 años.
Dentro de los grados de Suboficiales o equivalentes:
- Sargento: se pasó de 40 años a 35 años.
- Sargento Primero: se cambió desde 45 años a 40 años.
- Sargento Mayor: se pasó de 45 a 50 años.
- Sargento Mayor Primero: de 55 años a 53 años.
- Sargento Mayor de Brigada: de 60 años a 68 años.
Según una disposición transitoria, los oficiales o suboficiales en situación activa que cumplan con los nuevos tiempos de servicio “ascenderán al grado inmediato superior y se les computará en este grado el tiempo de servicio” adicional en el grado anterior; pero los que excedan el máximo de tiempo de servicio cumplirán el tiempo para adecuarse a tiempos de los grados subsiguientes.
Causal de arresto para postergar ascensos
También, se modificó la causal de pena de arresto para la postergación de ascenso, ya que se postergaba el ascenso a quienes hubieren sido sancionados con pena de arresto por 30 días o más; esta causal se endureció, ya que se podrá postergar un ascenso a quien haya sido arrestado por una pena de cinco días o más.
Otras causales que se mantienen en la ley son: por encontrarse procesado por delitos militares o comunes, cometer faltas reiteradas a la disciplina militar, o cometer actos inmorales dentro o fuera del servicio.
