Los sujetos obligados de la nueva Ley de Agentes Extranjeros tienen un plazo máximo de 90 días a partir de la vigencia de la normativa para inscribirse en el nuevo Registro de Agentes Extranjeros (RAEX), que deberá conformarse dentro del Ministerio de Gobernación y Desarrollo Territorial.

Los sujetos obligados de la normativa, que inicia su vigencia este sábado, ocho días después de su publicación en el Diario Oficial, el 30 de mayo, deben registrarse mediante "una declaración de registro bajo juramento" para el Registro y para la Fiscalía General de la República.

El incumplimiento de la obligación "autoriza al Registro a realizar las acciones legales" para impedir las actividades del sujeto obligado "de manera temporal o definitiva".

Los sujetos obligados serán: "Toda persona natural o jurídica, nacional o extranjera, que dentro del territorio de El Salvador realicen actividades que respondan a intereses, sean controladas o financiadas, directa o indirectamente por un mandante extranjero".

Los sujetos obligados también son los mandantes extranjeros, según el artículo 3, que son los representantes de un gobierno de un país extranjero, miembros, representantes o correligionarios de un partido extranjero, organismo, corporación o cualquier persona jurídica extranjera, organizada, constituida bajo las leyes de otro país, o que tengan su sede principal de negocios en un país extranjero.

Estos sujetos obligados podrán solicitar su exclusión "de las obligaciones" de la ley, pero "previa calificación del RAEX" por periodos "anuales renovables automáticamente" o por "cada proyecto".

La inscripción en el RAEX será obligatoria, según el artículo 6. El RAEX podrá requerir información o cualquier información que considere necesaria sobre los sujetos obligados para mantener actualizado el RAEX o verificar el cumplimiento de la ley, así como "supervisar, fiscalizar y llevar un control de las actividades de los agentes extranjeros, de acuerdo al giro, actividad, tamaño y demás características", como les puede requerir "los informes necesarios cuando lo estime pertinente".

El RAEX elaborará un informe semestral "de las actividades registradas" y remitir "a la unidad de la Fiscalía General de la República que corresponda" según la Ley contra el lavado de dinero y de activos.