La normativa establece la regulación para la planificación, diseño, construcción y mantenimiento de los Centros Penitenciarios y delega al Ministerio de Obras Públicas y Transporte (MOPT) para la ejecución de la infraestructura y compra de inmuebles.
La ley, que se declaró de “interés público y seguridad nacional”, delega al Ministerio de Obras Públicas como autoridad encargada de la planificación, diseño y construcción de los centros penitenciarios, en coordinación con la Dirección General de Centros Penales (DGCP), la cual se hará cargo de la operación, dirección, administración y mantenimiento cuando haya sido terminados.
Para cumplir con la construcción, se habilitó al MOPT a “asociarse y celebrar convenios con privados o constituir sociedades”, según lo dicta la normativa en el artículo 4. Y en un plazo no mayor de ocho días hábiles, a partir de la entrada en vigencia de la ley, la Unidad Normativa de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública (UNAC), del Ministerio de Hacienda, debe presentar una normativa específica de procesos de adquisición y contratación.
Lo aprobado por la Asamblea permite que para las adquisiciones y contrataciones que sean necesarias “no serán aplicables” las disposiciones de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública (LACAP). Esta parte de la ley es la que generó polémica entre diputados de oposición y oficialistas.
Atribuciones
La ley otorga algunas atribuciones al MOPT:
a) Preparar por sí o por contrato con terceros la elaboración de estudios, diseños y construcción para la realización de las obras.
b) Adquirir de acuerdo a lo establecido en la ley, las obras, bienes y servicios o suministros necesarios para la construcción de centros penitenciarios.
c) Adquirir los inmuebles necesarios.
d) Podrá realizar, con la colaboración de organismos del Estado, un programa de asistencia social a los habitantes de los inmuebles afectados por el proyecto.
La ejecución de dicho programa estará a cargo del Gobierno Central. Para la adquisición de inmuebles, el MOPT deberá informar cuáles son y los propietarios, quienes deberán presentarse al MOPT para aceptar la venta y con quienes no se logre acuerdo, se utilizará la Ley de Expropiación y de Ocupación de Bienes por el Estado, que pasa el caso a los juzgados. Las propiedades quedarán inscritas a nombre del Estado en el ramo de Obras Públicas.