La “Ley especial para la construcción de centros penitenciarios” ya entró en vigencia al salir publicada en la edición digital del Diario Oficial con fecha 19 de abril de 2022, es decir, la misma fecha en que fue aprobada por la Asamblea Legislativa.

La normativa establece la regulación para la planificación, diseño, construcción y mantenimiento de los Centros Penitenciarios y delega al Ministerio de Obras Públicas y Transporte (MOPT) para la ejecución de la infraestructura y compra de inmuebles.

La ley, que se declaró de “interés público y seguridad nacional”, delega al Ministerio de Obras Públicas como autoridad encargada de la planificación, diseño y construcción de los centros penitenciarios, en coordinación con la Dirección General de Centros Penales (DGCP), la cual se hará cargo de la operación, dirección, administración y mantenimiento cuando haya sido terminados.

Para cumplir con la construcción, se habilitó al MOPT a “asociarse y celebrar convenios con privados o constituir sociedades”, según lo dicta la normativa en el artículo 4. Y en un plazo no mayor de ocho días hábiles, a partir de la entrada en vigencia de la ley, la Unidad Normativa de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública (UNAC), del Ministerio de Hacienda, debe presentar una normativa específica de procesos de adquisición y contratación.

Lo aprobado por la Asamblea permite que para las adquisiciones y contrataciones que sean necesarias “no serán aplicables” las disposiciones de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública (LACAP). Esta parte de la ley es la que generó polémica entre diputados de oposición y oficialistas.

Atribuciones

La ley otorga algunas atribuciones al MOPT:

a) Preparar por sí o por contrato con terceros la elaboración de estudios, diseños y construcción para la realización de las obras.

b) Adquirir de acuerdo a lo establecido en la ley, las obras, bienes y servicios o suministros necesarios para la construcción de centros penitenciarios.

c) Adquirir los inmuebles necesarios.

d) Podrá realizar, con la colaboración de organismos del Estado, un programa de asistencia social a los habitantes de los inmuebles afectados por el proyecto.

La ejecución de dicho programa estará a cargo del Gobierno Central. Para la adquisición de inmuebles, el MOPT deberá informar cuáles son y los propietarios, quienes deberán presentarse al MOPT para aceptar la venta y con quienes no se logre acuerdo, se utilizará la Ley de Expropiación y de Ocupación de Bienes por el Estado, que pasa el caso a los juzgados. Las propiedades quedarán inscritas a nombre del Estado en el ramo de Obras Públicas.