El magistrado del Tribunal Supremo Electoral (TSE), Noel Orellana, aseguró que las normas de transfuguismo aplican “única y exclusivamente para el caso de los diputados y alcaldes”.

La prohibición del transfuguismo fue emitida el 1 de octubre de 2014 por la Sala de lo Constitucional “para no defraudar la voluntad de los ciudadanos votantes”.

Eduardo Escobar, abogado de Acción Ciudadana, explicó que la Sala no consideró el transfuguismo presidencial “porque está prohibida la reelección, todos teníamos claro que no era posible que el presidente se postulara, por eso no hay transfuguismo”. “Ya es irrelevante si va con un partido o con otro, porque lo relevante es que no puede reelegirse”, dijo.