La Dirección General de Migración y Extranjería negó las cifras generales de los pasaportes que han sido por los salvadoreños residentes en el exterior y que eventualmente serán parte del registro electoral que podrá participar en la elección presidencial del 4 febrero de 2024.

Diario El Mundo solicitó, el 18 de noviembre de 2022, a la Dirección de Migración y Extranjería la cantidad de pasaportes emitidos por salvadoreños en el exterior hasta el 20 de noviembre de 2022, clasificada por país, vigencia o vencimiento, hombres y mujeres, y edades.

El 9 de diciembre, el oficial de información de la Dirección resolvió “incompetencia funcional” de la institución para brindar la información. El argumento fue que la información solicitada “eventualmente podría formar parte de la información contenida dentro del padrón electoral salvadoreño para los eventos electorales de 2024”.

Migración relacionó los datos de los pasaportes con el padrón para voto en el exterior. La Ley Especial para el Ejercicio del Sufragio en el Exterior establece que el TSE deberá garantizar el pleno ejercicio del voto y que los salvadoreños en el exterior podrán acreditar su nacionalidad con su DUI y con pasaportes vigentes o vencidos. Bajo esta base, la Dirección de Migración se declaró “incompetente” y señaló como institución responsable al TSE.

Señálese la incompetencia funcional de la Dirección... Siendo el ente competente para conocer: el Tribunal Supremo Electoral”. César Ernesto Mejía, oficial de información de Migración

“Inexistente”.

Diario El Mundo realizó una nueva solicitud con fecha 13 de diciembre, esta vez para el TSE, de la cantidad de pasaportes emitidos por salvadoreños en el exterior desde el 31 agosto de 2020 hasta el 20 de noviembre de 2022, con la misma clasificación.

El 15 de diciembre pasado, el oficial de Información del TSE declaró “improponible” la solicitud por no ser la institución competente de admitir, tramitar y responder sobre la emisión de pasaportes y sugirió solicitar los datos a la institución competente de conformidad a la Ley de Migración.

El oficial concluyó que el TSE “no tiene competencia en materia de emisión de pasaportes, generar estadísticas o recopilar información relacionada” y la declaró como inexistente.

Rechazar la solicitud por improponible al no ser la institución competente... Se sugiere dirigir su solicitud a las instituciones competentes”. Duque Mártir Deras, oficial de información del TSE

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Preocupación sobre voto exterior.

De acuerdo al artículo 179 de la Ley Especial de Migración, la emisión de pasaportes ordinarios de El Salvador, especiales y documentos de viaje para personas extranjeras, le corresponde a la Dirección General de Migración y Extranjería.

La ley de voto en el exterior establece que el registro electoral se creará con base a los datos del Registro Nacional de las Personas Naturales (RNPN), de la Dirección General de Migración y Extranjería y del Ministerio de Relaciones Exteriores.

El director ejecutivo de Acción Ciudadana, Eduardo Escobar, aseguró que ambas instituciones “están esquivando su responsabilidad” y ese es otro factor para aumentar la preocupación sobre el voto en el exterior.

Por su parte, el coordinador del Centro de Asesoría Legal Anticorrupción de El Salvador (Alac), Wilson Sandoval, considera que “tirarle la pelota” a otra instituciones es un “patrón” que tiene como finalidad no entregar información oficiosa y señaló que en este caso es la Dirección de Migración la que debería entregar los datos.

Argumentos para negar información

La Dirección General de Migración y Extranjería responsabilizó de la información de pasaportes de salvadoreños en el exterior al Tribunal Supremo Electoral, el cual declaró inexistente la información.

1.- Registro electoral
Migración se declaró incompetente de entregar la información, pues señaló que la misma integrará el registro electoral de voto en el exterior.

2.- Responsabiliza al TSE
Al catalogar la información como “eventualmente electoral”, Migración responsabilizó de la misma al Tribunal Supremo Electoral.

3.- Datos inexistentes
El TSE se declaró como no competente de conocer sobre la emisión de pasaportes y señaló la inexistencia de la información en la institución.

4.- Ley de Migración
El Tribunal citó la Ley Especial de Migración que establece a dicha Dirección como la responsable de pasaportes ordinarios, especiales y de viaje.