Se trata de la infracción número 63 que pueden cometer los conductores clasificadas en la nueva lista de 130 infracciones incluidas en la reforma.
Esto significa que los vehículos deben concederle el paso a los ciclistas si transitan por la "vía pública".
Pero también deberán respetar zonas de ciclovías o circulación de bicicletas.
¿Cuáles son las infracciones relacionadas con el ciclismo, ciclovías o las bicicletas, en la nueva reforma de tránsito aprobada el 20 de diciembre de 2024?
63. No conceder el paso a ciclistas que transiten sobre la vía pública: $100.
64. No respetar la zona de la vía pública destinada para la circulación de las bicicletas: $100.
65. Sujetarse a otro vehículo en marcha mientras se conduce una bicicleta, motocicleta u otros: $100.
77. Circular vehículos automotores sobre aceras, carriles auxiliares, hombro de carretera, ciclovías, zonas prohibidas o en lugares y/o horarios no permitidos...: $150.
78. Circular en motocicletas sobre aceras, ciclovías cuando su cilindrada de motor sea mayor de 50 centímetros cúbicos (...): $150.
Esta es la primera vez que el irrespeto a los ciclistas es considerado una infracción de tránsito dentro de una ley secundaria. En la ley anterior, el artículo 60 únicamente exigía a los ciclistas que circularan por las redes viajes a respetar la ley y su reglamento.
Del 1 de enero al 26 de diciembre de 2024, han muerto 22 ciclistas en accidentes de tránsito.
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Sin embargo, el actual "Reglamento general de tránsito y seguridad vial" –aprobado en julio de 1996– imponía obligaciones a los ciclistas como: circular por el lado derecho de la vía, no circular en carreteras de 60 km/h o más, circular en fila, no circular en las aceras de las vías públicas, y circular con dispositivos reflectivos en horas nocturnas. También, este reglamento prohíbe a los ciclistas: circular con frenos en mal estado, soltar el timón en marcha, asirse de vehículos en marcha.
¿Qué dice la ley marco para el uso de bicicleta?
La Asamblea Legislativa 2018-2021 aprobó, el 27 de agosto de 2020, la vigente "Ley marco para el uso y fomento de la bicicleta", que fue sancionada por el presidente Nayib Bukele el 18 de septiembre de 2020 y publicada en el Diario Oficial del 25 de septiembre de 2020.Esta "Ley marco para el uso y fomento de la bicicleta" reconoce el uso de la bicicleta como medio de transporte y da, en su artículo 3, a los ciclistas "el derecho a circular en el carril completo sobre la vía", así como "circular en vías primarias" a menos que se señalice lo contrario.
Esta normativa, en su artículo 12, obligan a los ciclistas a ceder el paso a los peatones y respetar las velocidades necesarias en caso de compartir espacios con peatones.