Las empresas que violen derechos y prestaciones laborales de los trabajadores podrían ser sancionadas con multas de hasta 12 salarios mínimos del sector industria, comercio y servicios, según la reforma al Código de Trabajo aprobada este jueves por la Comisión de Trabajo de la Asamblea Legislativa. No aprobaron una multa mínima.

Actualmente, el artículo 627 establece una multa de hasta 500 colones por las infracciones a los libros I, II y III del Código de Trabajo. La reforma sube la multa máxima a $4,380 por infracción además de pagar el monto adeudado al empleado.

Los libros I, II y II del Código de Trabajo consagran todo tipo de derecho laboral, desde pagos y licencias, indemnizaciones, salarios, vacaciones, prohibiciones a los patronos, contrato de trabajo, derecho colectivo hasta los derechos relacionados a la previsión y seguridad social.

En la redacción aprobada en la sesión de este jueves 29 de septiembre se establecieron multas en salarios mínimos según tamaño de empresas.

Recoge ese interés de disuadir a los malos patronos; pero no perjudicar a buenos patronos o a patronos que son pequeños y que las multas podrían causarles un daño”. José Mateo Cabrera, Secretaría de Comercio

Sanciones máximas.

El proyecto indica que se deberá tomar en cuenta la capacidad económica y tamaño de la empresa. Las microempresas de hasta 10 trabajadores podrán tener una multa desde cero hasta 2 salarios mínimos por cada vulneración. Una pequeña empresa, con más de 10 y hasta 50 trabajadores, podrá tener una multa desde 0 hasta 4 salarios mínimos.

Una mediana empresa, con más de 50 y hasta 100 trabajadores podrá tener una multa de hasta 8 salarios mínimos; y las empresas con más de 100 trabajadores podrían tener una multa de hasta 12 salarios mínimos.

También dependerá de la gravedad de la infracción, la intención y el daño causado.

El diputado Héctor Sales, de Nuevas Ideas, propuso establecer montos mínimos y los máximos. “El que ejecute se puede ir por la tangente y eso puede permitir que no se lleve a cabo el sentido de lo que nosotros queremos hacer en esta comisión”, dijo.

Sin embargo, el representante de la Secretaría de Comercio de la Presidencia de la República, José Mateo Cabrera, recomendó no fijar una multa mínima.

“El tema de los mínimos no es recomendable y dejarlo de esta forma le da herramientas al Ministerio (de Trabajo) que, al final, es el encargado de graduar o valorar la gravedad de la infracción”, dijo.

El diputado Edgardo Mulato destacó la coordinación con el Ejecutivo para hacer la reforma para que, una vez la apruebe el pleno, sea sancionada por el presidente. “Eso es algo que para nosotros es importante, que él no vete las propuestas que vienen de la Asamblea porque si la veta hemos retrocedido”, expresó. Bukele nunca les ha vetado alguna normativa.

Nosotros reformamos, legislamos y juntos previamente nos ponemos de acuerdo para que logremos tener una mejor decisión y más contundente”. Edgardo Mulato, diputado de Nuevas Ideas

Disuasiva.

El representante de la Secretaría de Comercio de la Presidencia destacó el carácter disuasivo de las multas acordadas en la reforma aprobada este jueves.

“A la sombra de que las multas son demasiado leves, no los disuade, prefieren pagar las multas y no pagarle a los trabajadores lo que por derecho les corresponde”, dijo.

El dato

En enero de 2022 Nuevas Ideas propuso la reforma para que la multa de $57.14 sea una multa equivalente al 100 % del pago por cada una de las prestaciones vulneradas.

¿Cuáles serán las multas por infracciones laborales?

La reforma fue acordada luego de escuchar al secretario de comercio de la presidencia de la república. La multa a imponer dependerá del tamaño de la empresa, así:

1.- Microempresa
Para las microempresas que cuenten con hasta 10 trabajadores recibirán una multa de hasta 2 salarios mínimos por cada una de las prestaciones vulneradas.

2.- Pequeña empresa
Para las pequeñas empresas que cuenten con más de 10 y hasta 50 trabajadores será una multa de hasta 4 salarios mínimos por cada una de las prestaciones vulneradas.

3.- Mediana empresa
Con más de 50 y hasta 100 trabajadores una multa de hasta 8 salarios mínimos por cada prestación vulnerada, dependiendo la gravedad, la intencionalidad y del daño causado.

4.- Gran empresa
Con más de 100 trabajadores una multa de hasta 12 salarios mínimos por cada prestación vulnerada, según la gravedad de la infracción, intencionalidad y daño.